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Ordenan la captura de cuatro militares
Juez también avala detención de Donaldo Alvarez y Pedro García, pero excluye a Ríos Montt y a Romeo Lucas
Por:
Coralia Orantes
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| Contra Efraín Ríos Montt no se giró orden de captura con fines de extradición por falta de sustento de la petición española. (Foto Prensa Libre). |
El Tribunal Quinto de Sentencia decidió no emitir la orden de captura con fines de extradición contra Efraín Ríos Montt, solicitada por la Audiencia Nacional Española, pero dio luz verde a la detención de cuatro militares, Donaldo Álvarez y Pedro García Arredondo.
Tampoco se incluyó al ex presidente Romeo Lucas García (1982-1983), quien falleció en mayo de este año en Venezuela.
Dieron luz verde para la extradición de los militares retirados Óscar Humberto Mejía Víctores, Ángel Aníbal Guevara, Benedicto Lucas García y Germán Chupina Barahona.
Los delitos imputados son terrorismo, homicidio y secuestro.
Los jueces Morelia Ríos, Isaías Figueroa y Bélgica Deras Román consideraron que la investigación española no aportó elementos suficientes sobre la participación de Ríos Montt en la quema de la Embajada de España y su responsabilidad por las muertes que se produjeron.
A pesar de ello, la orden de captura librada por el juez español Santiago Pedraz también incluye el delito de genocidio, por las masacres ocurridas en el conflicto armado, y enumera que durante el periodo del gobierno de Ríos Montt (1982) se documentó la mayoría de esos hechos.
“Durante el período de Ríos Montt se cometió el 69 por ciento de todas las ejecuciones, el 41 por ciento de las violaciones sexuales y el 45 por ciento de torturas de todos los casos registrados, señala el informe de la Comisión de Esclarecimiento Histórico”, se lee en el auto de aprehensión contra el dirigente eferregista.
Francisco Palomo, abogado de Ríos Montt, expresó satisfacción por la resolución, pues no existían pruebas contra su cliente.
La semana recién pasada, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) recibió de la cancillería guatemalteca el expediente enviado por la justicia española, el cual remitió al tribunal.
Antes de la resolución, José Toledo, abogado defensor de Guevara, presentó dos recursos: un amparo contra la CSJ por haberle dado trámite a la petición española, y un conflicto de jurisdicción.
Después de la resolución, las órdenes de captura fueron enviadas a la Policía para que las haga efectivas.
“Debemos analizar la resolución, pero lo que vemos positivo es que se aceptó la jurisdicción universal, y en el resto pediremos que se subsanen los errores que se dice que se cometieron”, expresó Eduardo de León, de la Fundación Rigoberta Menchú.
También las dos recusaciones planteadas contra el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción desde junio último fueron declaradas sin lugar ayer, por lo que ahora podrán entrar a conocer el recurso que no permitió escuchar a los sindicados en su primera declaración.
Satisfechos
“Nos sentimos satisfechos de la resolución emitida por el tribunal, pues no existen pruebas contra mi cliente”. - Francisco Palomo, abogado defensor de Efraín Ríos Montt.
Algunos detalles de la petición española
La justicia española solicitó la captura de ocho personas.
Del 26 junio al 4 de julio se había programado escuchar la primera declaración de seis militares y dos civiles vinculados en casos de genocidio.
En esa fecha las acciones fueron detenidas por los recursos planteados por la defensa.
El 7 de julio, el juez Santiago Pedraz gira orden de captura internacional contra los militares y ordena el embargo de sus cuentas.
El 27 de octubre, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) recibió de la Cancillería la petición de orden de captura; éste la remitió el 31 de octubre al Tribunal Quinto de Sentencia.
6 de noviembre, el tribunal emite resolución.
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