Política

Bernardo Arévalo sanciona reformas al IUSI: estos son los cambios que planteaba el Decreto 18-2026

El impuesto anual para los bienes inmuebles destinados a vivienda, de uso residencial y de uso mixto, es de cero por millar.

El Decreto 18-2026 prohíbe a las municipalidades condicionar la prestación de servicios públicos al pago previo del IUSI.

Los inmuebles destinados al uso comercial deben pagar tres, seis y nueve por millar, dependiendo del valor inscrito.

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(Foto Prensa Libre: captura de pantalla de la edición legal del Diario de Centro América).