Política
Bernardo Arévalo sanciona reformas al IUSI: estos son los cambios que planteaba el Decreto 18-2026
El impuesto anual para los bienes inmuebles destinados a vivienda, de uso residencial y de uso mixto, es de cero por millar.
El Decreto 18-2026 prohíbe a las municipalidades condicionar la prestación de servicios públicos al pago previo del IUSI.
Los inmuebles destinados al uso comercial deben pagar tres, seis y nueve por millar, dependiendo del valor inscrito.
