“En los comercios se solicita la planilla de sueldo ordinario, para identificar qué día efectuaron el pago a sus trabajadores, y si lo realizaron en el tiempo establecido se les deja una notificación por escrito y sellada, en la cual se manifiesta que cumplieron con este pago, y les sirve de respaldo ante cualquier denuncia de algún empleado”, explicóÁlex Simaj, director del Ministerio de Trabajo.
“Aquellas empresas que incumplan con este pago serán sancionadas, según el Código de Trabajo, que establece en el artículo 272 una sanción de dos a 14 sueldos mínimos”, dijo el inspector Héctor Tomás.
Agregó que el monto de la multa dependerá del número de trabajadores que tenga la firma, por lo que para evitar esta clase de castigos es mejor cumplir.