Economía

A 10 días del vencimiento del plazo falta el pago del impuesto por un millón 400 mil vehículos

A 10 días de que venza el plazo para pagar el impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV) sin multa aún está pendiente el pago por el 40% de unidades registradas en el parque vehicular informa la SAT.

La SAT hizo un llamado a los contribuyentes para que no dejen para el último momento el pago del impuesto sobre circulación de vehículos. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La SAT hizo un llamado a los contribuyentes para que no dejen para el último momento el pago del impuesto sobre circulación de vehículos. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

De no pagarse el 31 de julio próximo el impuesto correspondiente al año 2018, a partir del 1 de agosto el contribuyente debe pagar una multa por el 100% del impuesto que le corresponda según la tabla de valores de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).


Según información divulgada por ese ente al viernes, aún faltaba el pago por 1 millón 404 mil 409 vehículos, el 40.84 respecto del parque vehicular registrado que asciende a 3 millones 439 mil 149 unidades.

Se incluye vehículos particulares, motocicletas y vehículos comerciales.

En el año se ha logrado recaudar Q562.58 millones de los Q920.20 millones previstos en la meta.

Del total de la meta anual se había proyectado Q798.57 solo en julio.

La SAT reitera el llamado a los contribuyentes que no dejen para el último momento el pago del ISCV, refirió por medio de la oficina de relaciones públicas.

Además recordó que a partir del 1 de agosto se estarán inhabilitando los vehículos que cumplen tres años de morosidad. En esta situación hay unos 85 mil vehículos, según datos de la semana pasada, agregó esa entidad.

Recuerde cómo pagar el impuesto de circulación

El ISCV debe pagarse del 1 de enero al 31 de Julio de cada año, sin multas.

Luego de ese plazo el contribuyente deberá pagar multa del 100% sobre el ISCV del impuesto correspondiente al 2018.

Además los vehículos que a esa fecha completen tres o más períodos de morosidad de ese impuesto serán inhabilitados por la SAT.

La multa se puede rebajar hasta 75% si el contribuyente después de vencido el plazo ordinario se presenta voluntariamente a pagar. 

La tabla, para el ISCV fue autorizada en el acuerdo 27-2017 de  SAT esa misma se usa para el IVA de enajenación de vehículos (acuerdo 28-2017).

En esa lista aparece el impuesto a pagar según las reformas del 2012  que va desde el 0.2% hasta el 2% sobre el valor imponible del automotor incluido en dicha tabla.

Sin embargo la SAT aclara que para efectos del pago del ISCV “se debe aplicar el 50% de reducción sobre el monto del impuesto determinado en esta tabla; según Artículo 5 Decreto 1-2013”.

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ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.