Economía

Coronavirus: Gobierno descarta buscar fondos para financiar liquidez de distribuidoras

Ministro de Finanzas opina que habría que esperar si la CC suspende o no el decreto 15-2020 que prohíbe cortes de servicios públicos, pero dice que no tienen previsto dotar de fondos a las distribuidoras de energía.

En contra del decreto 15-2020, que prohíbe cortes de servicios públicos, se han presentado unas nueve acciones de  inconstitucionalidad en la CC. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

En contra del decreto 15-2020, que prohíbe cortes de servicios públicos, se han presentado unas nueve acciones de inconstitucionalidad en la CC. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Ante la advertencia de las distribuidoras de energía de que no podrán pagar a los generadores por el total del suministro previendo una baja de ingresos derivado de la ley que prohíbe los cortes de servicios públicos, el gobierno no cuenta con un plan para financiar al sector.

En el foro acerca de Los Impactos sociales y económicos del Decreto 15-2020, organizado por Amcham, referente a la ley que prohíbe el corte de los servicios público por la emergencia del coronavirus surgieron algunas propuestas.

Aunque los expositores coincidieron en que las intenciones de ese decreto pudieron ser buenas para apoyar a la población ante el impacto de la crisis en la economía familiar, indicaron que en el Congreso se cayó en errores que afectarán a las empresas proveedoras, principalmente del sector de electricidad.

El diputado Enrique Montano, y el economista Paulo de León, director ejecutivo de Cabi, dijo que aparte de los errores en ese decreto, el efecto que observan, según lo dicho por las distribuidoras, es de falta de liquidez en el sector eléctrico y que este se podría solucionar brindando algún fondo de apoyo.

Según de León aún hay margen para que el gobierno brinde ese tipo de apoyo, incluso, dijo que las medidas de emergencia se han quedado cortas a comparación de otros países y hay aún margen de contratación de deuda.

Montano cree que las distribuidoras deben ser claras en exponer su situación de liquidez, pero criticó que no se han acercado a ellos para hablar de la situación. Al respecto, José González-Campo, directivo de la Asociación de Generadores de Energía Renovable (Ager) aceptó en ese foro, que al sector le ha hecho falta ese tipo de acercamientos con los parlamentarios que puedan ayudar a corregir el posible impacto.

Al dejar no delimitar a qué usuarios se debe beneficiar con el decreto 15-2020, el efecto del decreto sería que el 57% del total de usuarios de energía decidan no pagar, por lo que las distribuidoras dejarían de cobrar Q523 millones mensuales. Pero si se delimita al número de usuarios según el consumo (hasta 200 o 300 kilovatios hora al mes), ese monto bajaría a Q164 millones, agregó el directivo de Ager, José González-Campo.

Consultado el ministro de Finanzas, Álvaro Gonález Ricci, al respecto de la posibilidad de un fondo de financiamiento temporal para el sector de electricidad dijo que no lo tienen contemplado porque habría que estar ala tanto si la Corte de Constitucionalidad (CC) le da tramite a uno de los amparos que deje sin vigencia ese decreto.

El decreto 15-2020 “a todas luces tiene problemas. La solución es dar trámite al que presentó el ejecutivo, en donde se consensuó con los sectores”.

Agregó que no hay un fondo destinado a financiar al sector eléctrico, pero expresó que podrían acercarse al Crédito Hipotecario Nacional (CHN) o a su banco del sistema. Expuso también que es difícil determinar el monto ya que no hay certeza de que pasará con el decreto 15-2020.

Consultado al respecto el CHN, por medio de su oficina de comunicación social respondió que cualquier empresa se puede acercar al banco a pedir un préstamo, indicando que hay un programa de créditos de reactivación económica que está a una tasa favorable. El sector de electricidad podría acercarse para verificar si pueden aplicar a este, se añadió.

Se explicó que respecto a los dos fondos de emergencia que maneja el banco con recursos del Estado, hay un limité de crédito para empresas por Q2 millones y para cooperativas de ahorro y crédito por Q5 millones, por lo que para una empresa de electricidad no funcionaría esta opción.

Tampoco sería legal dar fondos aprobados por dos decretos del Congreso (12 y 13-2020) para cubrir disposiciones generadas por otro decreto refiriéndose al 15-2020, ley que prohíbe los cortes de servicios públicos por falta de pago ante durante el estado de Calamidad.

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.