Economía

Coronavirus: por esta razón patronos deben actualizar listados para el pago de empleados suspendidos

Las empresas ya aprobadas y las que están en proceso de aprobación, deben realizar este nuevo procedimiento, para que los trabajadores sean beneficiados.

Cientos de personas despedidas y contratos suspendidos son dos de las medidas aplicadas por empleadores por el coronavirus. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Cientos de personas despedidas y contratos suspendidos son dos de las medidas aplicadas por empleadores por el coronavirus. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

En un comunicado en redes sociales, los ministerios de Trabajo y Economía informaron este sábado 23 de mayo que con esto se pretende agilizar y hacer eficiente el proceso de la entrega del Fondo de Protección del Empleo.

En ese sentido, es necesario que los empleadores ingresen nuevamente la solicitud de suspensión por medio de las páginas www.mintrabajo.gob.gt www.mineco.gob.gt  o www.suspensiones.gob.gt.

Estos sitios están en enlazados con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), lo que garantiza que todos los trabajadores suspendidos y aprobados por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social reciban la ayuda lo antes posible.

Afirman que la coordinación con la SAT permite que automáticamente se validen los datos, eliminando así los errores cometidos al momento de ingresar la información de los empleados, pues se pretende que el beneficio llegue a quienes lo necesitan.

Esta coordinación se implementó para dar solución a los errores identificados al momento de verificar la información de los beneficiarios, lo que originaba un retraso significativo en el proceso de entrega del fondo.

Con este nuevo sistema el objetivo es que más trabajadores se beneficien del programa mientras se encuentren suspendidos.

La razón de actualizar los datos

A partir del día hábil de cada quincena, el empleador deberá actualizar el listado de los empleados, e indicar si aún se encuentran suspendidos, para que los mismos puedan recibir el desembolso.

Si el empleado ya ha recibido su salario de parte del empleador, este debe ser dado de baja del listado de beneficiarios.

El empleador dispondrá de una plataforma en la que debe realizar la autorización de suspensión y actualización de datos cada quincena.

También instan a las empresas que se han visto afectadas por la crisis por el covid-19 a que utilicen esta medida para apoyar a sus trabajadores y se mantengan las fuentes de trabajo.

Álvaro González Ricci, ministro de Finanzas y presidente del Directorio de la SAT, explicó que el tema de la actualización de datos también responde a que la SAT va a conocer la información de las empresas y de las personas beneficiadas.

Se conocerá el estatus fiscal de las empresas para que estén al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. También se va a actualizar la información de los contribuyentes con su Número de Identificación Tributaria y el Código Único de Identificación para el Registro Tributario Unificado.

Cómo es el procedimiento

El empleador debe registrar la empresa y descargar el formulario de suspensión, ingresar los datos, firmarlo y subir el documento a la plataforma.

Se resalta que es importante que suba el nuevo formulario, así como la nueva declaración jurada.

El representante de la empresa recibirá un correo con código único para activar su cuenta, es importante ingresar un correo válido al cual tenga acceso la persona que efectuará el trámite.

Cuando la cuenta sea confirmada, la empresa podrá ingresar el listado de empleados suspendidos.

Los ingresos de muchos guatemaltecos se han visto afectados por el coronavirus. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Se debe proporcionar número de DPI y número de teléfono celular del trabajador, si este no es guatemalteco, debe indicarlo en la casilla correspondiente.

Una vez la solicitud sea aprobada por el Ministerio de Trabajo, automáticamente pasa al Ministerio de Economía (Mineco) para la aprobación del desembolso.

El Mineco traslada al Crédito Hipotecario Nacional la información de los empleados y el Banco enviará un Token -contraseña- con la notificación a los beneficiarios vía SMS sobre el desembolso y disponibilidad para usar los fondos en canales de consumo

Los beneficiarios pueden consumir en tiendas, farmacias, abarroterías, supermercados y comercios que utilicen el sistema POS, o bien retirar el dinero por medio de cajeros automáticos.  

 

 

 

ESCRITO POR:

Óscar García

Periodista de Prensa Libre especializado en periodismo comunitario e historias humanas con 12 años de experiencia.

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.