Economía

SAT amplía reserva de información a pagos de contribuyentes

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) publicó este martes en el Diario de Centro América las disposiciones para la clasificación de la información.

La información del pago de impuestos es declarada en reserva. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La información del pago de impuestos es declarada en reserva. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El ente recaudador se mantiene a la expectativa por la reserva de la información y este martes volvió a publicar una resolución que regula el control de los datos.

La resolución número SAT-DSI-569-2016 publicada este martes en el Diario de Centro América contiene las disposiciones sobre la clasificación de la información en poder de la SAT.

Apenas el pasado 11 de agosto, la SAT publicó la resolución SAT-DSI-528-2016 sobre la reserva de la información, pero quedó derogada con la nueva publicación.

La nueva normativa declara reservada la información interna y externa de tipo financiero, tributario y económico de contribuyentes y responsables tributarios.

Con la nueva resolución, la SAT amplía la reserva de la información al pago de impuestos. Es decir que podría no dar a conocer la información sobre los adeudos tributarios y el cumplimiento del monto.

Además, la SAT declara en reserva el pago de impuestos, utilidades, pérdidas y costos, reportados en las declaraciones presentadas u obtenidas en las verificaciones tributarias efectuadas.

Sin embargo, la SAT por medio del departamento de comunicación informó que “a partir de ahora se tendrá acceso al Plan Anual de Fiscalización, Manuales y Guías de Auditoría. Con esta publicación la SAT continúa con el proceso de transparencia, ya que desde el año 2009, dichos documentos se encontraban reservados”.

La publicación también declara en reserva la información de los análisis de riesgo y los sistemas de fiscalización. Además los estudios y herramientas utilizadas en los procesos de fiscalización para establecer y verificar la base imponible de los tributos y comprobar el cumplimiento de la obligación tributaria.

El plazo de la reserva de la información será de hasta siete años.

Uno de los argumentos de la SAT, es que está obligada a administrar, recaudar, controlar y fiscalizar los tributos y la difusión de la información que se reserva puede dañar la estabilidad económica y financiera del país, afectando la recaudación de los tributos. 

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