Comunitario

SAT reporta un nuevo ataque informático, el segundo en diciembre

La Superintendencia de Administración Tributaria emitió un pronunciamiento por inestabilidad en sus servicios.

|

Agencia virtual de la Superintendencia de Administración tributaria SAT. Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL

Agencia virtual de la Superintendencia de Administración tributaria SAT. Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL

La Superintendencia de Administración Tributaria emitió un comunicado en el que explican las irregularidades que se están presentando en los servicios de la institución asegurando que es debido a un “tráfico malicioso”.

La falla inició desde las primeras horas de la mañana de este 20 de diciembre de 2021, cuando se intentaba ingresar a la página de internet de la SAT, emitía un error.

Durante la tarde estuvo irregular, sin embargo, el problema por algunos instantes desaparece.

SAT presenta su segundo ataque informático en diciembre
El portal de la SAT por algunos momentos no presenta problemas. Foto Prensa Libre: Captura de pantalla del portal de la SAT.

La información que han dado las autoridades de la SAT es que se trata de un ataque informático con el objetivo de crear inestabilidad en los sistemas de Superintendencia.

Además, aseguraron que esperan que en la brevedad de tiempo se pueda solucionar y restaurar las páginas.

No es la primera vez

El 15 de diciembre se publicó una resolución por la Superintendencia de Administración Tributaria, donde declararon el 14 de diciembre de 2021, día inhábil ante el ataque que habían presentado.

Agregaron que se tomó la decisión de declarar ese día inhábil pues hubo inestabilidad en el sistema por un ataque informático de denegación de servicios, que provocó intermitencia en los sistemas informáticos de la SAT y otras Instituciones del Estado, que pudo imposibilitar el cumplimiento de algunas obligaciones tributarias.

La resolución agregó que corresponde a la SAT, como una situación excepcional, tomar las medidas administrativas que garanticen a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias aduaneras y por eso se declaró inhábil dicho día.

En esa oportunidad se instruyó a la Intendencia de Recaudación para que realizara los ajustes de los sistemas relacionados con el cómputo de plazos, intereses y sanciones, que correspondían a la ley.

ARCHIVADO EN: