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Gobierno asegura que “es totalmente falso” que se planifique declarar estado de excepción

El Gobierno de Guatemala negó que se tenga planeado decretar estado de excepción o un estado de sitio por los más de 50 bloqueos que se registran en el país, como aseguraban distintas cuentas en redes sociales.

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El Gobierno asegura que no contempla declarar estado de excepción por los bloqueos.

El Gobierno asegura que no contempla declarar estado de excepción por los bloqueos. (Foto Prensa Libre: María José Bonilla)

Mientras más de 50 puntos siguen bloqueados en todo el país y las principales vías de la ciudad de Guatemala están cerradas, crecieron rumores sobre la posibilidad de que el Gobierno de Guatemala declarara estado de excepción para poner fin a las manifestaciones.

Sin embargo, cerca del mediodía, el Secretario de Comunicación Social, Kevin López, negó que el presidente Alejandro Giammattei tenga contemplado utilizar la figura de estado de excepción.

“Es totalmente falso que se vaya a declarar un estado de excepción en el territorio nacional”, se lee en el comunicado publicado por el Gobierno.

Luego, agrega que “que se ha realizado un llamado a anteponer el diálogo, ya que es viable para encontrar una solución pacífica a los conflictos actuales”.

Guatemala vive su quinto día de protestas de ciudadanos que exigen la renuncia de la fiscal general Consuelo Porras y el jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci), Rafael Curruchiche.

Durante estas manifestaciones, desde el pasado 2 de octubre se han mantenido bloqueos en las principales carreteras del país. Este viernes 6 de octubre el número de puntos cerrados llegó a 60, incluyendo el bloqueo en las vías principales de la ciudad de Guatemala, como la avenida Petapa, calzada Aguilar Batres o la calzada San Juan.

Qué es un estado de excepción

Según la ley de Orden Público, en Guatemala se contemplan diferentes estados que pueden ser declarados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros. Esto puede hacerse en caso de “invasión del territorio nacional, de perturbación grave de la paz, de calamidad pública o de actividades contra la seguridad del Estado”.

Entre los estados que se contempla se encuentran el Estado de Prevención, en el que se asegura que se pueden “fijar las condiciones bajo las cuales pueden ejercitarse los derechos de huelga o paro, o prohibirlos o impedirlos cuando tuvieren móviles o finalidades políticas”.

Ese estado también permite disolver por la fuerza a “cualquier grupo, reunión o manifestación pública” que use armas o recurra a actos de violencia.

Un nivel más alto de estado de excepción es el Estado de Sitio, que según la ley solo se puede declarar “con el motivo de actividades terroristas, sediciosas o de rebelión que pretenda cambiar por medios violentos las Instituciones Públicas”.