Justicia

CC declara improcedente consulta de Arévalo para saber si podía remover a Consuelo Porras

El pasado 8 de abril, el Gobierno de Guatemala planteó ante CC una opinión consultiva sobre la idoneidad de Consuelo Porras como fiscal general, pero el pleno lo declaró improcedente.

Sede de la Corte de Constitucionalidad en la Ciudad de Guatemala. (Foto: Hemeroteca PL)

Sede de la Corte de Constitucionalidad en la Ciudad de Guatemala. (Foto Prensa Libre: )

La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró improcedente la opinión consultiva del presidente Bernardo Arévalo de León, con la que buscaba saber si podía destituir o no a la fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP), María Consuelo Porras Argueta, informaron este lunes 27 de mayo fuentes judiciales.

La magistrada Leyla Lemus habría sido la ponente del caso en la sesión de este lunes.El pasado 8 de abril, el gobierno del presidente Bernardo Arévalo emprendió un trámite de opinión consultiva ante la CC “por incumplimiento de requisitos de honorabilidad” por parte de Porras, que la inhabilitaría para desempeñar el cargo, informó en esa ocasión el Ejecutivo.

“Por instrucciones del presidente Bernardo Arévalo se ha presentado ante la CC una opinión consultiva respecto a la honorabilidad de Porras al desempeñarse como fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP), dijo en aquella oportunidad Juan Gerardo Guerrero, titular de la Secretaría General de la Presidencia.Afirmó que, para el gobierno de Guatemala, la fiscal general Porras “no está comprometida en la lucha contra la corrupción” y, además, “consintió un intento de ruptura del orden constitucional y del régimen político electoral de Guatemala”.

Sin embargo, a casi dos meses de la petición hecha por el mandatario, la CC declaró improcedente la consulta, aunque de momento se desconoce a detalle la resolución.

Más adelante se supo que la CC no entró a responder las preguntas del presidente Arévalo sobre la fiscal general debido a que el término "honorabilidad" no forma parte del texto constitucional del artículo 251 y porque las preguntas eran “hipotéticas”.

Preguntas analizadas por magistrados de la CC

Guerrero expuso que la Constitución Política, como requisito para ejercer el cargo de fiscal general y jefe del MP “considera la honorabilidad como un centro fundamental para el ejercicio” de las funciones. Por ende:¿Debe el requisito de reconocida honorabilidad ser cumplido únicamente al momento de optar al cargo público o debe de mantener su vigencia durante el ejercicio de la función pública?

¿Debe constituir causa justificada para la revocatoria del nombramiento de fiscal general de la República y jefe del Ministerio Público la pérdida del requisito constitucional de honorabilidad exigido en el artículo 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala?

De conformidad con los principios de objetividad, igualdad, legalidad e independencia que rige su actuar, cuando es presentada una denuncia o una querella en contra, ¿debe el fiscal general y jefe del Ministerio Público ejercer por sí mismo la acción penal pública o puede ser suspendido del ejercicio de su cargo?

Cuando es presentada una denuncia o una querella en contra ¿cuáles medidas debe realizar el fiscal general y jefe del Ministerio Público para garantizar la independencia y la autonomía de la acción penal pública realizada por el personal a cargo de la investigación penal del Ministerio Público?De conformidad con los artículos 60 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, ¿cómo debe garantizar el fiscal general de la República y jefe del Ministerio Público la objetividad en la investigación para las faltas administrativas promovidas en su contra?

Amparan a Porras

El pasado 7 de mayo, la CC amparó de manera provisional a Porras Argueta para evitar ser destituida como fiscal general. La decisión fue por mayoría.El 5 de mayo último, previo a una cadena nacional de Arévalo, el MP anunció en sus redes sociales que presentó una acción constitucional de amparo ante la CC; además, calificó las acciones de Arévalo como "una amenaza real, cierta e inminente".

La Fiscalía señaló que Arévalo ha promovido acciones que "pueden desembocar en atentados en contra de la integridad física y la vida, tanto de la fiscal general, Consuelo Porras y otros funcionarios".

En la cadena nacional, el mandatario anunció que presentaría ante el Congreso de la República una iniciativa para reformar la ley orgánica del MP, con el objetivo de destituir a Consuelo Porras; sin embargo, esa acción no prosperó en el Legislativo. 

El secretario general de la Presidencia recalcó que Porras “ha avalado la corrupción ignorando hechos graves como los de la vacuna Sputnik”, un caso denunciado por un presunto contrato ilegal.

También “permitió que sus fiscales vulneraran las urnas, manosearan los votos de los ciudadanos” y hasta en el MP “se atrevieron a proponer la repetición de las elecciones”.

Puntualizó que la falta de idoneidad de la fiscal general de Guatemala para continuar en el puesto se refleja en el hecho de que es “considerada una actora corrupta y antidemocrática por más de 29 países” que inclusive han prohibido el ingreso a Porras a esas naciones.

Por ello, reiteró el funcionario, “acudimos ante la Corte de Constitucionalidad a presentar la correspondiente opinión consultiva” para saber “si Porras cumple el requisito de honorabilidad que ordenan los artículos 207 y 251 de la Constitución Política”.Consuelo Porras, Ministerio Público,

ESCRITO POR:

César Pérez Marroquín

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y de medioambiente con 25 años de experiencia.

Douglas Cuevas

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y del sector justicia, con 15 años de experiencia en periodismo escrito, televisivo y radial.