De acuerdo con Mario Taracena Coyado, presidente de la Asociación de Jueces y Magistrados, una de las inconstitucionalidades está planteada contra el artículo 205 constitucional, que establece las garantías del Organismo Judicial, como la independencia funcional y económica, la no remoción de los magistrados y jueces de Primera Instancia y la selección de personal.
Ovidio Orellana, quien redactó las dos inconstitucionalidades, explicó que se le dan funciones administrativas al Consejo de la Carrera Judicial que no le corresponden.
“Al darle autonomía al Consejo, se le separa de la Corte Suprema de Justicia, deja de ser un órgano de la Corte y por lo tanto no puede realizar actividades que le corresponden a esta”, comentó.
Nada les pareció
Casi el 95 por ciento de los artículos de la Ley de la Carrera Judicial fueron impugnados.
Se objetó todo lo relacionado con faltas disciplinarias, porque estas solo deben ser de índole administrativa.
“Pero la nueva ley establece faltas que tienen contenido de naturaleza penal; por ejemplo, si un juez dicta una resolución y estiman que es incompetente y debe de enmendarlo, puede ser considerada una falta disciplinaria”, comentó Orellana.
Fue impugnada la manera en la que un juez es sometido a proceso de antejuicio y la integración misma del Consejo de la Carrera Judicial, porque es inconstitucional, agregó el jurista.
Rechazo gremial
Existe desproporción en el lapso para denunciar.
- La nueva ley establece períodos desproporcionados para presentar denuncias contra jueces, aseguran los abogados.
- Se otorga más tiempo para presentar una denuncia por una falta disciplinaria que por una penal.