Guatemala

Hombre enfrenta juicio señalado de matar sus padres y hermano

El Juzgado Noveno Penal envió a juicio a Édgar Avidán de León Rodas, señalado por el Minsiterio Público (MP) como el supuesto responsable de la muerte de sus padres, hermano, y por atentar contra sus dos hijas menores de edad.

Édgar Avidán De León Rodas, enfrentará juicio por parricidio. (Foto Prensa Libre: Paulo Raquec)

Édgar Avidán De León Rodas, enfrentará juicio por parricidio. (Foto Prensa Libre: Paulo Raquec)

El juzgado consideró que los indicios presentados por los fiscales del MP eran suficientes para llevar a un jucio a León Rodas por la muerte de sus familiares.

La razón por la cual el sindicado habría agredido a sus familiares, sería el cobro de los seguros de vida de sus progenitores, según las pesquisas del órgano acusador.

Los hechos que el MP relató a la jueza novena penal, Silvia Morales, indican que durante la madrugada del 24 de agosto del 2014, De León Rodas ingresó a la vivienda de sus padres, Inés Avidán de León Santos y Ana Verónica Rodas, donde residían sus hijas de 10 y 8 años.

En esa ocasión, el acusado iba acompañado por una mujer, quien le habría ayudado. Se le acusa por parricidio, intento de parricidio, asesinato y lesiones graves.

Cronología

A las tres horas del referido día, De León Rodas llegó al inmueble, ingresó y encontró a su hermano, Estuardo Alfredo de León Rodas, lo atacó con un machete y después le disparó.

Luego buscó a sus padres, a quienes atacó de la misma forma. Al notar que su hija mayor veía los hechos, la corrió por un pasillo, ella se metió al cuarto que ocupaba con su hermana y cerró la puerta con llave.

El acusado pudo entrar y la atacó con un palo que tenía clavos, luego agredió a la otra, creyó que estaban muertas las dejó. Huyó en el vehículo de su hermano, el cual fue localizado calcinado en la ruta a Puerto San José, Escuintla.

Según la pesquisa, el acusado cobró Q100 mil al seguro, por la muerte de su papá, y tramita la indemnización por el deceso de su mamá.

Parricidio

El artículo 131 del Código Procesal Penal establece: “Parricidio. Quién, conociendo el vínculo, matare a cualquier ascendiente o descendiente, a su cónyuge o a la persona con quien hace vida marital, será castigado como parricida con prisión de 25 a 50 años. Se le impondrá pena de muerte, en lugar del máximo de prisión, si por las circunstancias del hecho, la manera de realizarlo y los móviles determinantes, se revelare una mayor y particular peligrosidad en el agente. A quienes no se les aplique la pena de muerte por este delito, no podrá concedérseles rebaja de pena por ninguna causa”.

ESCRITO POR:

ARCHIVADO EN: