Guatemala

Nadie quiere resolver amnistía a Efraín Ríos Montt

Los magistrados suplentes de la Sala de Apelaciones de Mayor Riesgo Penal se sumaron ayer a sus colegas de la salas Primera y Segunda del mismo ramo para excusarse de conocer el proceso de amnistía del general José Efraín Ríos Montt, por lo que el expediente fue devuelto a la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para que nombre una nueva instancia.

El 10 de mayo del 2013, el militar retirado José Efraín Ríos Montt  fue condenado a 80 años de prisión por genocidio, pero 10 días después la Corte de Constitucionalidad anuló el fallo.

El 10 de mayo del 2013, el militar retirado José Efraín Ríos Montt fue condenado a 80 años de prisión por genocidio, pero 10 días después la Corte de Constitucionalidad anuló el fallo.

Según el expediente enviado a la Secretaría de la CSJ, el argumento es que no se pudo integrar la Sala con ninguno de los 24 magistrados suplentes que convocaron.

Ese número se suma a los tres titulares y 60 suplentes de la Sala Primera; tres titulares de la Sala Segunda y los 24 antes mencionados de la Sala de Mayor Riesgo, que hacen un total de 93 inhibitorias.

En la Sala de Mayor Riesgo informaron que en las excusas, las cuales se adjuntaron al expediente, se menciona que algunos suplentes explicaron que les tomaría mucho tiempo analizar el caso; otros, que ya lo conocieron en el proceso por genocidio, y otros, que ya están integrando otras instancias.

Ahora la CSJ debe asignar a otra sala para que pueda conocer el proceso de amnistía.

La Ley del Organismo Judicial indica que cuando los jueces o magistrados ya hayan conocido un proceso, en forma total o parcial, pueden separarse del caso si les es asignado otra vez.

Amnistía

La Sala Primera de Apelaciones, así como Miguel Ángel Gálvez, juez primero B de Mayor Riesgo, resolvió en su momento que no era procedente otorgar la amnistía a Ríos Montt, pero no dio respuesta al planteamiento que el militar retirado presentó, en el cual argumentó que estaba amnistiado a través del Decreto 8-86.

Ese decreto otorga la extinción de la responsabilidad penal a hechos cometidos durante el conflicto armado ocurridos entre marzo de 1982 y enero de 1986. Sin embargo, tanto el Ministerio Público como los querellantes adhesivos en el proceso contra los militares retirados se oponen, ya que sostienen que hubo genocidio y la Ley de Reconciliación Nacional no otorga amnistía por delitos de lesa humanidad.

El 10 de mayo del 2013, Ríos Montt fue condenado a 80 años de prisión por genocidio perpetrado en el Triángulo Ixil, Quiché, pero el veredicto fue anulado por la Corte de Constitucionalidad, y ahora está a la espera de un nuevo juicio, programado para enero del 2015.

Héctor Reyes, abogado del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (Caldh), querellante en el proceso contra los militares retirados Ríos Montt y Mauricio Rodríguez Sánchez, explicó que en este momento no existen las condiciones para que una sala se integre para conocer el caso.

Expuso que está a las puertas la elección de magistrados de Corte de Apelaciones, por lo que ninguno de ellos se aventurará a conocer el caso, ya que estaría en riesgo de perder su elección o reelección, por lo que en este tiempo seguirán nombrando más salas y los magistrados seguirán con la evasiva de integrar.

Francisco Palomo, abogado de Ríos Montt, coincide con Reyes en relación con que las elecciones para magistrados de Apelaciones no deben influir para que se integren y conozcan del proceso.

“No tienen nada que ver las elecciones con el trabajo que deben desempeñar, ya es mucho tiempo el que se ha perdido”, dijo Palomo.

El MP sindicó a Ríos Montt y Rodríguez Sánchez de ser responsables de las masacres cometidas entre 1983 y 1986 contra la etnia maya ixil del Triángulo Ixil, Quiché, donde murieron mil 771 personas.

Es negativa de justicia

Héctor Reyes, abogado de las víctimas,  mencionó que el no integrar una sala se traduce en negación de justicia por los hechos ocurridos durante el conflicto armado. “Es un mal precedente para la justicia que el expediente vaya de un lado para otro”, dijo.

No deben retrasarse

La Corte Suprema de Justicia ya no debe retrasar la integración de una sala para que conozca el caso, expresó Francisco Palomo, abogado de Efraín Ríos Montt.

La Corte de Constitucionalidad ordenó cinco días y ya van varios meses y no se resuelve el caso.

LARGO PROCESO

Catorce años han pasado desde que se interpuso la denuncia contra el militar.

1999 – Queja en España 

 Rigoberta Menchú   denuncia a Efraín Ríos Montt  en la Audiencia Nacional de España, por genocidio en la década de 1980.

19-3-2013  – Se inicia debate  

El juicio por genocidio y delitos contra los deberes de humanidad comienza tras una serie de recursos legales.

10-5-2013  – Emiten sentencia  

El Tribunal dicta una condena de  80 años de prisión  a Ríos Montt. Días después el fallo es anulado.

10-5-2013 – Es condenado 

Tribunal de Mayor Riesgo lo condena a 80 años de cárcel. Diez días después la CC anula el fallo.

12-5-2014 – Sala traslada caso  

La Sala de Mayor Riesgo  devuelve expediente a la CSJ. La  petición de amnistía  continúa empantanada.

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