Explicó que accionó penalmente contra Aguilar Elizardi después de que el magistrado formuló un proyecto que pretende ordenar la campaña electoral de todas las organizaciones políticas.
Barquín señaló que algunas inconstitucionalidades que se podrían cometer en caso sea aceptada la propuesta sería el artículo 34, que se refiere al libre derecho de asociación, lo que significa que es un derecho pertenecer a una agrupación política, y el artículo 136, de elegir y ser electo.
Aguilar Elizardi, por su parte, se limitó a decir que las instancias que tendrán que conocer el antejuicio en su contra deberán resolver con objetividad.
El MP debe remitir la denuncia a la Corte Suprema de Justicia y esta, a su vez, tendría que trasladarla al Congreso, para que se elija una comisión pesquisidora que determine si se le retira la inmunidad al magistrado.
El proyecto
El magistrado Mario Ismael Aguilar dijo que formuló un proyecto técnico y profesional.
La ponencia pretende ordenar las actividades permanentes y de campaña electoral y, por ende, los gastos de propaganda anticipada que han emprendido todas las organizaciones políticas, sin excepción.
Los gastos electorales, sin haberse convocado a elecciones, es un tema que le preocupa a las diversas agrupaciones sociales. Mi propuesta es objetiva e imparcial, no tiene dedicatoria a ninguna organización política ni persona individual.