Política

Congreso publica ampliación del estado de Calamidad por el coronavirus

El estado de Calamidad continúa vigente en Guatemala luego de cinco meses desde que se detectó el primer caso de coronavirus.

Guatemaltecos continúan sus actividades económicas bajo medidas de prevención, para evitar contagios de coronavirus. (Foto Prensa Libre: Érick Ávila)

Guatemaltecos continúan sus actividades económicas bajo medidas de prevención, para evitar contagios de coronavirus. (Foto Prensa Libre: Érick Ávila)

El Congreso de la República publicó este sábado 15 de agosto en el Diario de Centro América la ampliación del estado de Calamidad por la emergencia del coronavirus, que fue ratificado por diputados el 31 de julio último.

El Decreto 28-2020 prorroga por 30 días más el estado de Calamidad acordado por el presidente Alejandro Giammattei desde el 5 de marzo último, como medida ante la llegada de la enfermedad a Guatemala.

La aprobación del decreto se dio luego de tres debates en el Congreso, pues no se contaba con los 107 votos necesarios para su aprobación de urgencia nacional.

Durante la redacción final se aprobaron nueve enmiendas, entre las que se agregaron disposiciones al proyecto de la Presidencia.

Enmiendas:

  • El Ministerio de Salud podrá contratar médicos especialistas y subespecialistas que ya estén trabajando para el Estado a fin de reforzar los hospitales temporales covid-19.
  • El Ministerio de Salud podrá contratar estudiantes de enfermería y terapia respiratoria con pénsum cerrado para ayudar en la emergencia.
  • El Ministerio de Gobernación podrá junto al Ejército y otros elementos de la fuerza pública emprender acciones para garantizar la vida, bienes y servicios que impliquen la seguridad ciudadana.
  • Se agrega al artículo 4 del decreto 15-2020 -sobre créditos entre el Crédito Hipotecario Nacional (CHN) y empresas prestadoras del servicio de agua potable tendrán una tasa de interés que no deberá ser mayor al de la tasa de interés pasiva del sistema bancario-: “De encontrarse incumplimiento en los parámetros establecidos, se ordena que se deduzcan responsabilidades y sanciones respectivas contra los representantes legales de las empresas infractoras en su caso las denuncias penales que correspondan”.
  • El Ministerio de Salud y la Comisión Presidencial de Atención a la Emergencia Covid-19 deberán entregar por escrito al Congreso cada 15 días el estatus de cada departamento y municipio, cantidad y estado de los hospitales públicos y privados, disponibilidad de medicamentos y equipo, situación laboral, insumos y equipo de protección para el personal sanitario, enfermería y administrativo.
  • Los ministerios de Salud, Desarrollo Social, Agricultura, Educación, Finanzas y Trabajo para que cada 15 días entreguen por escrito informes sobre los programas ejecutados durante el estado de Calamidad sobre compras, porcentaje de gasto, población beneficiada y acciones encomendadas durante la emergencia.
  • El Ministerio de Salud y de Relaciones Exteriores deberán hacer las consultas y planificación para la adquisición de vacunas para el covid-19, así como elaborar un programa de vacunación masiva.
  • Se aprueba un bono único para pensionados y jubilados del Estado a partir de Q150 millones del fondo de protección del empleo aprobados en el decreto13-2020. El pago debe hacerse antes del 31 de agosto. Los beneficiarios serán los que cubran el decreto 63-88, Ley de clases pasivas del Estado; decreto 30-2011, Incorpora al Régimen de Clases Pasivas del Estado a pensionados o jubilados de Guatel y otorga aporte al Régimen de Previsión Social de Guatel; decreto 55, Ley de jubilaciones, pensiones y montepíos del Ejército; decreto 45-2001: Reformas a la ley del régimen especial de clases pasivas de discapacitados del Estado en el orden militar y el acuerdo gubernativo 36-2004, Régimen especial de clases pasivas para pensionados y beneficiarios del Banvi en liquidación.
  • Se aprobó una moción de revisión que suprimió una enmienda aprobada en esta misma sesión que exoneraba de multa por presentación extemporánea de la declaración de probidad de empleados y funcionarios públicos que han tomado posesión desde el 14 de enero de 2020.

ESCRITO POR:

Miguel Barrientos

Periodista de Prensa Libre especializado en periodismo digital y multimedia con 15 años de experiencia.