Política

Constituyentes piden a la CC eliminar artículos de censura en la Ley Electoral

El pasado 10 de mayo se planteó una acción de inconstitucionalidad contra dos artículos de la norma electoral y un artículo del reglamento.

Hasta ahora la CC no ha informado a los abogados si admitió para su tramite la acción de inconstitucionalidad a la LEPP. Fotografía: Prensa Libre.

Hasta ahora la CC no ha informado a los abogados si admitió para su tramite la acción de inconstitucionalidad a la LEPP. Fotografía: Prensa Libre.

Los constituyentes Aquiles Fallace y Gabriel Orellana accionaron en la Corte de Constitucionalidad (CC) contra una serie de artículos vigentes en la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

Afirman que la permanencia de esos textos repercuten en una censura explicita, lo que impide a los ciudadanos conocer con antelación la trayectoria y puntos de vista de potenciales candidatos.

Ya que cualquier intento por perfilar en medios, redes sociales o incluso “opinar” sobre la realidad nacional podría ser castigado con un veto para su participación en cualquier cargo de elección popular.

Lo anterior, a criterio de los abogados, es una clara censura que repercute en la libertad de expresión, manchando el evento más grande para cualquier nación que diga ser democrática y respetar el Estado de Derecho.

Los artículos que se buscan suprimir del texto legal son los artículos 94 bis y el inciso “n” del 223 de la LEPP, así como el primer párrafo del 62 quater del reglamento de la ley electoral.

El primero de ellos estipula que ningún candidato será inscrito si se identifica que hizo campaña a título individual, promocionando su imagen en medios de comunicación antes de la convocatoria a elecciones.

El segundo contenido en el artículo 223, el punto que habla sobre las prohibiciones, el inciso “n”, que se busca suprimir, reafirma que no es permitido “realizar actividades de propaganda anticipada”.

Por último el primer párrafo del 62 quater, del reglamento a la LEPP, añade que la propaganda ilegal es toda aquella donde un eventual candidato simule noticias o infomerciales para promocionar su imagen en época no electoral.

Los constituyentes esperan que la CC logre subsanar la norma electoral para tener un mejor proceso de elecciones en 2023, ya que pese a que existen proyectos de reforma en el Congreso los diputados no consiguieron siquiera acordar un dictamen.

Desventaja política

El Pleno del Congreso consiguió las reformas a la ley electoral en 2016, haciendo cambios que a criterio de analistas benefician más a los grandes partidos políticos de antaño, cerrando así el espacio a las nuevas agrupaciones.

Esta misma lectura la tiene Gabriel Orellana, constitucionalista y uno de los abogados que respalda la reciente acción de inconstitucionalidad contra la LEPP.

“Cada quien los puede interpretar a su modo, a su estilo y a su conveniencia. La redacción de estas normas por lo general las que estamos impugnando tienen ese defecto, por lo tanto son leyes que se prestan a que en un momento se cometan abusos y manipuleos que van contra la candidatura de personas que aspiren a cargos de elección popular”.

Orellana afirma que pese a que se hable de “igualdad” en la justificación de las reformas del 2016 no es posible llevarla a la práctica, ya que la norma parece beneficiar solo a los partidos políticos grandes.

Ya que un candidato que ha participad en dos o tres eventos de elecciones ya figura en la opinión pública de manera nata, cosa que no se aplica con cualquier candidato nuevo que entra a competir en una desventaja.

“Prácticamente es una forma desleal a la Constitución impedir la participación de otros candidatos cuando ellos ya tienen los dardos cargados; no hay igualdad porque el que ya lleva muchos años tienen esa ventaja”, comentó.

Pese a que la acción de inconstitucionalidad se presentó el 10 de mayo hasta ahora los abogados no saben si al menos el documento fue admitido a trámite, por lo que esperan que la CC tome el documento como prioridad, ya que restan seis meses para la convocatoria a elecciones.

“Si nos atenemos a la historia vamos a ver que la CC ha tendido a resolver los planteamientos contra la LEPP en último momento, es aún posible hasta cuando ya terminó el proceso electoral”, recordó Orellana.

Lea también: ¿Quiénes son los responsables de retrasar las reformas a la ley electoral y cómo beneficia esto a los políticos?

Mala aplicación

Más que tener un problema de redacción, que si existe en la LEPP, existe responsabilidad directa en el órgano a cargo del cumplimiento de la ley: El Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Eso según Renzo Rosal, analista político, que considera prudente mejorar la aplicación de la ley para que esos vacíos jurídicos no se apliquen de manera discrecional.

“Hoy por hoy hay algunos partidos y eventuales candidatos que se han posicionado, se han robado la salida nuevamente sin que el órgano electoral les llamé la atención y ponga en marcha sanciones fuertes, con algunos aplican un ‘jalón de orejas’ pero con muchos otros ni eso”.

El trabajo que hizo el Congreso con las reformas a la ley electoral no fue el mejor, a criterio de Rosal basta con apreciar la manera en que se encuentran redactadas dichas reglas.

“Las reformas del 2016 si presentan algunas nébulas, dudas de fondo, de contenido, que me parecen razonables; están mal redactadas, pero también es cierto que la otra parte de la ecuación es la voluntad política para cumplir las reglas”, destacó.

Se intentó obtener una postura con el TSE pero no fue posible establecer la comunicación. La actual magistratura analiza cambios a algunos de los reglamentos ante el impase que existe en el Congreso al hablar de cambios a la LEPP.

ESCRITO POR:

Douglas Cuevas

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y del sector justicia, con 15 años de experiencia en periodismo escrito, televisivo y radial.