Guatemala

Financiamiento electoral ilícito: Diputados crean comisión específica

Los diputados, por exhortación de la Corte de Constitucionalidad (CC), crearon este jueves una comisión extraordinaria que deberá proponer reformas al financiamiento electoral ilícito para que sean aprobadas en el pleno.

Comisión tendrá 45 días para hacer propuestas sobre el delito de financiamiento electoral ilícito. (Foto Prensa Libre: Carlos Hernández)

Comisión tendrá 45 días para hacer propuestas sobre el delito de financiamiento electoral ilícito. (Foto Prensa Libre: Carlos Hernández)

La sala fue posible con el voto favorable de 114 congresistas. Le correspondió el acuerdo 11-2018.

Dicha sala tiene el encargo de generar propuestas para reformar el segundo párrafo del artículo 407 N del Código Penal que habla del financiamiento electoral ilícito, “fundado en el principio de proporcionalidad, racionalidad y justicia que debe revestir toda norma penal”.

La comisión tiene como objetivo estudiar la sentencia del expediente 2951-2017, brindar participación a diferentes sectores de la sociedad y posteriormente “producir el proceso legislativo” para hacer las reformas al referido texto.

Según el acuerdo, en la siguiente sesión plenaria, el bloque legislativo al que le corresponde, de conformidad con la Ley Orgánica del Legislativo, señalará el nombre del diputado que presidirá la Comisión.

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Felipe Alejos, primer vicepresidente del Congreso, fue consultado para saber qué bloque legislativo tendrá la presidencia de la nueva sala y respondió que ese análisis lo deberá hacer la Dirección Legislativa y luego notificar al bloque correspondiente.

Destacó que desde las reformas a la Ley Orgánica del Legislativo las comisiones ahora se distribuyen de forma proporcional, pero que “todos los bloques tienen la oportunidad de integrarla”.

El acuerdo dice que quien vaya ser el presidente de la sala de trabajo tiene cinco días hábiles para presentar por escrito los hombres de los congresistas que la integrarán.

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La comisión tendrá un plazo máximo de 45 días hábiles, desde el momento de su creación, para presentar la iniciativa
correspondiente y dentro del plazo de ley “el dictamen correspondiente”. Cuando lo haga la sala extraordinaria cesará sus funciones.

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