Con otra mirada
Colegio de Arquitectos, en entredicho
Los colegios profesionales son asociaciones gremiales que no están supeditadas a ningún órgano.
La porquería que emana del Pacto de Corruptos fue llevada alegremente a la tricentenaria Universidad San Carlos de Guatemala —Usac— por el actual rector, quien usurpa el cargo; y con ella (la porquería), en su inédita ambición por retener el cargo por cuatro años más, salpicó a los colegios profesionales que por ley deben elegir cuerpos electorales que participarán en la elección de tan importante cargo. El Colegio de Arquitectos incluido. Veamos los hechos.
Disyuntiva que el gremio reclama: no puede servirse a dos amos a la vez.
Como resultado de la convocatoria del 27En2026 para inscribir planillas para elegir electores arquitectos y profesionales afines registrados en el Colegio de Arquitectos de Guatemala, no catedráticos, en acto programado para el 2Mzo2026, el Tribunal Electoral inscribió la Planilla 1, afín al rector, y negó la inscripción de la Planilla 2, argumentando errores subsanables.
Los afectados recurrieron a la figura legal del amparo. Con fecha 6Mzo, el Juzgado Segundo Pluripersonal de Primera Instancia del Ramo Civil, constituido en Tribunal de Amparo, ordenó al Tribunal Electoral la inmediata inscripción de la planilla y que, en el plazo de 24 horas, informara que en las boletas aparecía identificada. Esa orden no fue acatada. Tanto así, que el día de la elección, la Junta Directiva se presentó para abrir oficialmente el acto, pero en las papeletas solo estaba impresa la Planilla 1; por lo que se retiró. Al final de la tarde, ante la presión legal y la nueva presentación del Amparo, 20 minutos antes de terminar el ciclo de votación, la presidente del Tribunal Electoral informó que, en acatamiento de la ley, había dos planillas… aunque en la papeleta, solo una.
Cerrada la jornada, el resultado arrojó 357 votos emitidos. De estos, 153 fueron para la planilla mil 196 nulos y ocho en blanco. Para fines legales, la mayoría de los votos emitidos fue 180, es decir, mitad más uno de los votos válidos. El voto nulo destacó con mayoría de los votos emitidos, como expresión de contundente rechazo al viciado trámite. En práctica, no hubo ganador.
Dado ese resultado y las circunstancias atenuantes, debió convocarse a una segunda vuelta, ocho días después, según dicta la ley; es decir, para el martes 10Mzo2025, debiendo participar las planillas 1 y 2, esta última no inscrita en la primera vuelta, como fue ordenado oportunamente por el referido juzgado. A pesar de las acciones legales interpuestas para garantizar la celebración de la segunda vuelta, el Tribunal Electoral dio por válidos los votos a favor de la Planilla 1, afín al rector y, en su ofuscación, ambigüedad y falta de criterio, decidió enviar el expediente al Consejo Superior Universitario de la Usac para que decida sobre la validez de los votos nulos o dar por ganadora la Planilla 1.
Pretensión absurda y fuera de lugar, toda vez que ese cuerpo directivo universitario carece de tal autoridad. Los colegios profesionales son asociaciones gremiales que no están supeditadas a ningún órgano, como no sean los de su propia organización, que funcionan de conformidad con las normas de la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, sus estatutos y reglamentos.
Esa ligereza del Tribunal Electoral puso en entredicho al Colegio de Arquitectos. Pero en el fondo hay algo más importante. Expuso condiciones no satisfechas de algunos de sus integrantes en su calidad de empleados universitarios, frente al libre ejercicio y la ética profesional. En otras palabras, contrapuso su fidelidad al empleador, el rector, con el fiel desempeño del cargo en el Colegio de Arquitectos para el que fueron electos. Disyuntiva que el gremio reclama: no puede servirse a dos amos a la vez.