termómetro fiscal

La nueva fiscalización

Los relacionamientos permiten a la SAT el control de personas que operan con un contribuyente.

Es necesario reflexionar acerca del procedimiento de fiscalización que ejerce la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y el impacto de esa función con el uso de las herramientas electrónicas en materia tributaria, que ha provocado un cambio de 180 grados con la aplicación de la tecnología y digitalización de declaraciones, documentos tributarios electrónicos, programas informáticos, etc., que analizan infinidad de datos y que antes se necesitaba de meses para procesarlos; ahora es cuestión de horas, inclusive de minutos.

La SAT fiscaliza y controla las operaciones entre empresas vinculadas.

Estamos en plena era digital y los avances tecnológicos han impactado en diversas formas la manera en que interactuamos, y una de ellas es la inmediatez de la comunicación en todas las áreas.  Ahora somos testigos de acontecimientos en tiempo real.  De igual manera ha revolucionado la forma de control y fiscalización que ejerce la autoridad tributaria, ya que la implementación de herramientas electrónicas ha marcado un hito en la modernización de los procesos de auditorías fiscales, que se traduce en un control amplio y oportuno de todas las operaciones de los contribuyentes.  Es importante considerar seriamente esta nueva forma de fiscalización electrónica, ya que la SAT, al utilizar herramientas y plataformas tecnológicas para monitorear y auditar las transacciones comerciales y financieras de manera eficiente y precisa, dan como resultado la detección de inconsistencias fiscales que provocan controversias y se pueden traducir en reparos fiscales, causando a las empresas la imposición de sanciones y recargos que a la postre le causan pérdidas financieras.

Una de las ventajas de la fiscalización electrónica es que, a través de sistemas automatizados y algoritmos inteligentes, la Administración Tributaria puede analizar grandes volúmenes de datos en tiempo real, verbigracia el control de la emisión de facturas electrónicas (FEL), análisis de estados financieros de los últimos diez años, identificando inconsistencias, irregularidades y evasiones de manera más rápida y efectiva que los métodos tradicionales.  La SAT ha informado que, en todos los casos, efectúa cruces de operaciones entre contribuyentes, sean empresas del mismo grupo o no. Ello con el objeto de comprobar que se declaren de manera correcta las obligaciones tributarias de todos los involucrados en una transacción de ventas, prestaciones de servicios, adquisiciones, etc.

Además de los cruces de transacciones, la autoridad tributaria también ha informado que cuenta con esquema de los relacionamientos, entendiéndose esto como el control que ejerce el ente fiscalizador de todas las personas que realizan operaciones con un contribuyente grande especial y así se tiene la red completa de los tributarios, tales como: la identificación de los proveedores, de los clientes, los abogados, identificación del contador, de los representantes, de los socios o accionistas, de las empresas relacionadas y la facturación entre las mismas, la identificación del auditor que firma el dictamen de estados financieros, así como de la firma de auditoría; los regímenes impositivos de todos los relacionados, su actividad económica y otros controles más.

La Superintendencia de Administración Tributaria, al contar con el esquema de relacionamientos, los cruces de operaciones, las plataformas digitales para ejercer la fiscalización, la FEL y otras herramientas electrónicas más, debe llamar la atención de los tributarios  que el control del ente fiscalizador es estrecho e inmediato y por tal  motivo debe ocuparse de readecuar sus controles internos fiscales, análisis de operaciones y la sustancia económica de transacciones entre empresas vinculadas, de esa manera considerar las medidas de regularización tributaria, según las circunstancias particulares de cada empresa o negocio.

La fiscalización electrónica representa para las empresas un desafío para reordenar sus procesos y así garantizar un adecuado cumplimiento tributario.

ESCRITO POR:

Oscar Chile Monroy

Consultor en impuestos y defensa fiscal. Conferencista-orador en temas tributarios y empresariales. Fue catedrático de la Maestría en Consultoría Tributaria en la Universidad de San Carlos de Guatemala.