El derecho al hambre

¿Cómo puede hablarse de mitigar el hambre, la miseria, la pobreza, la falta de oportunidad, si se le prohíbe a la gente trabajar y dar empleo? ¿Qué sentido tiene cualquier esfuerzo por reducir la actividad informal, si se prohíbe a las personas emplear y emplearse al salario que convengan de manera voluntaria?

“Es que no alcanza, es indigno, no es suficiente para cubrir el mínimo vital”, cantan en coro indignado el legislador, el funcionario, el técnico, el analista, el político, el activista, el sindicalista, el académico, el humanista, el asistencialista, el experto y el entacuchado del Banco Mundial. “¡Pero tengo hambre!”,  dice el hombre. “No importa”, contesta el coro, “usted no puede trabajar a menos que le paguen lo que nosotros decimos y con nuestras condiciones”.

La ley de salario mínimo debiera llamarse   ley de fomento de la pobreza. Es redistributivo, protege el privilegio de unos a costa de los más pobres.

Es insólito que el procurador de los Derechos Humanos se posicione como un enemigo del derecho al trabajo. Si era necesaria una muestra de lo inoperante, desenfocada y politizada que es esta burocracia, está a la vista. La semana pasada la Corte de Constitucionalidad decidió suspender de manera provisional el salario mínimo diferenciado en cuatro municipios. La decisión se dio en respuesta a una acción presentada por la oficina del procurador de los Derechos Humanos. El recurso de la PDH argumentó que el salario diferenciado es una acción discriminatoria que viola la legislación nacional y tratados internacionales. Increíble. La PDH debiera estar alzando el grito al cielo en contra del salario mínimo, porque viola de manera cruel el derecho al trabajo y al sustento.

Los sindicalistas, analistas y activistas que se pronuncian contra el salario diferenciado de Q1 mil 500 argumentan que es menos de la mitad del costo de la canasta básica alimentaria, que los técnicos y expertos dicen es de Q3 mil 236.70. ¿Las personas que sostienen este argumento están ofreciendo empleos productivos de Q3 mil 236.70? No, por supuesto que no. En tal caso, no tienen derecho a impedir que personas ofrezcan empleos pagando una cantidad que otros están dispuestos a aceptar de manera voluntaria y pacífica. ¿De dónde se deriva el derecho de violentar a las personas a no emplear o emplearse de manera voluntaria?

El argumento del hombre de paja pretende que quien está en contra del salario mínimo  está en contra de los trabajadores y el derecho a un salario digno. En un país tan pobre como Guatemala, con tanta carencia de oportunidad y empleo, impulsar el salario mínimo es un crimen. Prohibir que las personas puedan trabajar, al salario que sea, de manera voluntaria, promueve y perpetúa la miseria.

fritzmthomas@gmail.com

ESCRITO POR:

Fritz Thomas

Doctor en Economía y profesor universitario. Fue gerente de la Bolsa de Valores Nacional, de Maya Holdings, Ltd., y cofundador del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN).