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12 implicaciones legales, impositivas y controles que se deben tener en cuenta por el bitcóin

Luego de que El Salvador aprobó el uso de bitcóin como moneda de curso legal, hay muchas dudas en personas y empresas guatemaltecas que comercian o prestan servicios al vecino país.

El Congreso de El Salvador aprobó esta semana la ley bitcoin. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El Congreso de El Salvador aprobó esta semana la ley bitcoin. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Edy Oswaldo Pérez, gerente general de la firma Grant Thornton Guatemala, y auditor con especialidad en impuestos, dijo que se debe tomar en cuenta que por la cercanía con El Salvador y siendo un importante socio comercial podría empezarse a surgir pagos a los proveedores por medio de la criptomoneda.

Ante esa posibilidad también se debe prestar atención a la legislación, obligaciones y otras implicaciones legales y financieras que pudiera tener para los proveedores o prestadores de servicios.

La primera de estas es que la Superintendencia de Bancos (SIB) advirtió, desde febrero pasado, que las criptomonedas no tienen validez en Guatemala, y que según lo que establece la Ley Monetaria el país solo se reconoce el quetzal, aunque sí se permite el intercambio de divisas.

Según Pérez, el bitcóin y las criptomonedas no son consideradas divisas, quienes acepten pagos como estas deben también comprobar el origen de los fondos para evitar posibles implicaciones legales como temas de lavado de dinero, ajustes impositivos, así como poder tener el respaldo para poder pedir la devolución del IVA crédito por exportaciones.

Otro aspecto es el tratamiento que se puede dar a esos fondos para el impuesto sobre la renta.

Por aparte del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) expuso la preocupación por la aprobación de esa monera en El Salvador como moneda de curso legal sin un estudio técnico del impacto a la economía y población además que podría tener efectos en los ingresos y finanzas del Estado en ese país aunado en que respaldará además de que el mismo estado anunció que absorbería diferencias cambiarias con un fideicomiso.

La entidad mencionó ventajas y desventajas sobre el bitcóin en general. Entre las ventajas refirió trasferencias directas sin intermediarios, comisiones menores, las cuentas no pueden ser bloqueadas, no hay prerrequisitos o límites.

En tanto entre las desventajas enlistó el grado de aceptación es baja, la volatilidad del valor de la criptomoneda, además aún su desarrollo está en curso, por lo que faltas más herramientas para que el uso sea más seguro.

Edy Pérez, gerente general de la firma Grant Thornton Guatemala, explica las implicaciones legales, en cuestiones impositivas y controles que deberán atender las personas o empresa que comercien o presten servicios a compradores en El Salvador ante la aprobación del bitcóin como moneda de curso legal en ese país.

Según Pérez, trasladar dinero o adquirir bitcóin se puede equiparar a invertir en la Bolsa de Valores respecto a los riesgos por inversión de acciones debido a la vulnerabilidad que tienen, pero conlleva un riesgo adicional, porque las criptomonedas, como los bitcóin, no son regulados y no tienen soporte de riesgo, porque no hay una entidad reguladora o de vigilancia de que las transacciones sean legales y correctas.

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Volatilidad

Debido a la especulación, las personas que adquieran este tipo de moneda virtual se exponen a altos niveles de volatilidad, por lo que el valor de las mismas podría aumentar o reducirse drásticamente, o incluso llegar a cero. Pérez refirió que para el caso de Guatemala, el pico más alto estuvo allá por el 8 de mayo del 2021, cuando un bitcóin tenía valor de Q451 mil; luego, descendió a Q268 mil, y al 10 de junio se había recuperado a alrededor de Q303 mil. Los bitcoines son una serie de registros electrónicos supuestamente inviolables, y a diferencia de una moneda de curso legal, no está acuñada. Las monedas de curso legal aprobadas en los bancos centrales están acuñadas.

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¿Se aplica el ISR?

Si un guatemalteco adquiere bitcoines, con la fluctuación que va teniendo la moneda, se puede revender para poder tener una ganancia y, según Pérez, como sería una ganancia extranjera, no pagaría impuestos en Guatemala. El artículo 3 del decreto 10-2012, que contiene legislación del impuesto sobre la renta (ISR), establece que son hechos generadores del impuesto las rentas producidas o generadas dentro del territorio nacional. Para el bitcóin sería el mismo tratamiento, ya que aunque sean capitales guatemaltecos, no están invertidos en Guatemala, y aunque puede producir beneficios económicos cuando estos regresen al país, como son generados fuera del territorio nacional, no pagan ISR. Se debe tomar en cuenta que cuando son entes reconocidos y regulados, pueden tener algún impuesto en el país donde se generan las ganancias, a diferencia del bitcóin o criptomonedas, que no están registradas en bancos o en sistemas.

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Controles de origen

Como las criptomonedas no están registradas en bancos o en sistemas financieros, si se logran beneficios económicos, cuando se desinviertan y se depositan en Guatemala no se puede comprobar de dónde proviene ese dinero, y podría existir en determinado momento en que entidades como la IVE o la SAT efectúen controles respecto de que no se logra demostrar el origen de los fondos y hasta se podría considerar lavado de dinero, ya que en Guatemala las normas son estrictas y las personas deben demostrar el origen de los fondos.

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Al sacar dinero del bitcóin y trasladarlo a moneda de curso legal, ¿quedan registros válidos para Guatemala?

En Guatemala hay algunos servicios para cambiar bitcóin y convertirlo a quetzales o dólares. Según Pérez, existen algunas maneras de comprobar dónde está el origen de los fondos. Sugiere, por ejemplo, buscar herramientas como PayPal, para poder demostrar dónde se están liquidando los bitcoines, convirtiéndolos de una criptomoneda a dólares y luego trasladándolos a quetzales, pero menciona que por lo regular las personas no cumplen con ese tipo de trámites o procesos, y no se documentan, por lo que quedan expuestas a que si son cantidades importantes pueda ser cuestionable el origen de esos fondos.

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¿Puede vulnerar mi sistema?

En algunos países, las criptomonedas como el bitcóin son usadas para actividades ilícitas, y hay algunos programas malignos que entran a las computadoras y los crackers que los crean piden que les paguen en bitcoines, porque no son rastreables. Ese software extorsivo tiene la finalidad de impedir el uso de un dispositivo, sistema o mantener capturada información hasta que no se haya pagado el rescate.

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Bitcóin, como pago por bienes y servicios

¿Qué pasa si se quiere vender un bien o servicio y se paga con bitcoines en el país? Según Pérez, el ingreso que obtenga el vendedor se consideraría un ingreso gravado, porque estaría realizando actividades lucrativas en Guatemala.

Sin embargo, también podría generarse un cuestionamiento por parte de la Intendencia de Verificación Especial (IVE) al momento de que no se pueda demostrar el origen de los fondos, que incluso podría incurrir en el delito de lavado de dinero. La figura está contenida la Ley contra el Lavado de Dinero u otros Activos, la cual exige que se demuestre de dónde provienen los fondos, porque de lo contrario se podría incurrir en la comisión de ese delito y podría darse la extinción de esos bienes. Es relevante tener sumo cuidado con el tema de la documentación de los fondos frente a cualquier proceso de escrutinio, con el propósito de demostrar ante cualquier autoridad de dónde provienen los fondos y si efectivamente esas riquezas crecieron fuera de Guatemala o se originan de operaciones que deben pagar impuestos en el país.

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¿Qué pasa con los guatemaltecos, individuales o empresas, que comercian o exportan hacia El Salvador?

La nueva ley aprobada en El Salvador está ampliando la moneda que se pueda usar en ese país, y si se compra en ese país un servicio o bien, el establecimiento tiene que aceptar el bitcóin.

En el caso de los guatemaltecos que comercien con las empresas salvadoreñas que sí quieran pagar en bitcoines, tendrían primero que revisar si tiene una cuenta para manejar esa criptomoneda. La mayoría de dispositivos manejan billeteras electrónicas para poder efectuar esos pagos o transacción.

Se tendrá que ver si las empresas salvadoreñas van a migrar a bitcoines, y si es así, los guatemaltecos tendrán que habilitar billeteras electrónicas para poder recibir esos pagos.

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¿Para quién es obligatorio el uso del bitcóin?

Es obligatorio para un establecimiento salvadoreño aceptar bitcoines, pero para un extranjero es optativo. Sin embargo, también puede ser un proceso para los proveedores guatemaltecos de adaptar su comercio a las nuevas medidas y modalidades, ya que la forma de pago puede llegar a ser un aspecto definitorio por parte del comprador de hacerles o no un pedido. Los guatemaltecos podrían optar a recibir bitcoines con tal de mantener la relación comercial, pero también los salvadoreños pueden optar por seguir manejando dólares.

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Diferencial cambiario

El comerciante o exportador guatemaltecos que reciba bitcoines, y que no los quiera conservar como tales, tendrá que buscar la forma de liquidarlos y convertirlos a dólares o quetzales que es la moneda de curso legal que le sirve para poder seguir manejando sus negocios.

En este caso se debe tener en cuenta que seguramente va a existir una pérdida cambiaria, ya que cuando se compra una moneda, como dólares, el tipo de cambio es más alto que cuando se venden y se trasladan a otra moneda, como el quetzal. También dependerá qué valor tenga el bitcóin en ese momento, en este caso también se puede tener una perdida por la volatilidad que muestra la criptomoneda.

Una opción es que lo cambie de inmediato para evitar la especulación del mercado, o esperar si sube el precio. Si deciden empezar a manejar el mercado de bitcoines pueden tener su propia inversión con la posibilidad de ganancia, pero también con la volatilidad, las advertencias y riesgos ya descritos.

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¿Conocer modalidades y alcances?

Habrá que entender ahora cómo los salvadoreños van a interactuar con sus proveedores internacionales. Si el pago es por comercio, el comprador le puede transferir por medio electrónico con un dispositivo como el teléfono el pago con bitcoines a su proveedor. Según Pérez, para eso se usa un monedero o billetera virtual que está registrada y que se tenga el número de usuario de ambos. Al recibir la transacción, la persona los puede dejar en su monedero o los puede transformar a dólares.

En Guatemala, la Superintendencia de Bancos ya advirtió de que la única moneda de curso legal en el país es el quetzal, y que se pueden aceptar divisas extranjeras, pero aclaró que las criptomonedas no son una divisa. Además, no tienen respaldo del banco central. El riesgo o pérdida por la volatilidad de esa criptomoneda van a ser asumidos por las personas de forma individual.

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¿Qué comprobantes para la contabilidad?

Para llevar la contabilidad, si un guatemalteco vende en dólares también se debe tener cuidado porque desde el punto de vista tributario en Guatemala se tiene que comprobar el envío de las exportaciones por el monto de dólares equivalente y que se esté liquidando el monto respectivo dentro del sistema financiero nacional porque la Ley del impuesto al valor agregado (IVA) así lo establece

La SAT ha sido estricta que se muestre la liquidación de divisas y que ese dinero ingresó a sistema financiero guatemalteco para comprobar que efectivamente son exportaciones las que está reportando una empresa guatemalteca.

Además, en Guatemala las exportaciones de bienes y servicios están exentas de pagar IVA, y si una persona o empresa no logra comprobar la liquidación de divisa podría tener algún problema respecto que no le vayan a aceptar la solicitud de devolución del crédito fiscal del IVA.

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¿Qué comprobante debería tener para devolución del crédito fiscal?

Normalmente, debe tener una factura emitida en dólares por la mercadería que está vendiendo hacia El Salvador, una póliza de exportación o un Documento Único Aduanero (DUA) y la transferencia bancaria por los dólares que está recibiendo, si los cobró en efectivo tendrá que depositarlos en la cuenta bancaria cuando llegue a Guatemala.

Si el pago del comprador es en bitcoines, al exportador guatemalteco le interesaría transformarlos a dólares, y luego a transferirlos a la cuenta bancaria con el fin de demostrar que tuvo ese ingreso por la transacción de negocios que realizó en ese país, de lo contrario se expone a que la SAT pida la liquidación de divisas y de no tenerla, la entidad decida no aceptar la exención del IVA y cobre los impuestos y multa e intereses.

La liquidación de divisas en el país está establecida en el artículo 2, inciso 4, de la Ley del IVA y la referente a la devolución del crédito fiscal para exportadores y cómo se deben documentar las exportaciones están en los artículos 24, 24 A, 24 B y el 25 de esa misma Ley.

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.