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Transportistas deberán emplear mecanismo electrónico de cobro

Con la publicación del acuerdo 225-2012, el Ministerio de Comunicaciones emitió el Reglamento para la Prestación del Servicio Público de Transporte Extraurbano de Pasajeros por Carretera y Servicio Especial Exclusivo de Turismo Agrícola e Industrial.

El exceso de pasajeros  es  constante en las unidades de transporte extraurbano.

El exceso de pasajeros es constante en las unidades de transporte extraurbano.

CIUDAD DE GUATEMALA – La publicación establece la obligatoriedad de las empresas en la implementación de un sistema electrónico de pago en sus unidades de transporte para que el sistema esté sujeto a las tarifas autorizadas por la dirección y además deberá emitir facturas electrónicas.

La tarifa se calculará por kilómetro recorrido, se ajustará por aproximación en múltiplos de Q0.25 en los transportes de pasajeros por carreteras. Para fijar horarios la Dirección General de Transportes tomará en consideración la cantidad de vehículos que prestan el servicio en la misma ruta o rutas paralelas y deberán tener diferencia de cinco minutos en horas pico y 15 en horas valle.

Las unidades también deberán contar un con un sistema de posicionamiento global para verificar el desempeño y ubicación de los transportes, los nuevos sistemas deberán ser costeados por los empresarios.

El reglamento fija una sanción de Q25 mil por operar vehículos sin haber obtenido la licencia y tarjeta de operaciones o aquellos que circulen con documentos falsos, Q10 mil por transitar con documentos vencidos, no cumplir con los horarios o modificación de itinerarios, Q15 mil por cobrar el pasaje sin utilizar el sistema electrónico de pago y Q5 mil por suspender el servicio sin causa justificada.

Se cancelará la licencia por suspensión sin causa justa o abandono del servicio en más de 30 días, por reincidencia en el incumplimiento de las disposiciones establecidas en el reglamento para la contratación del seguro obligatorio en el transporte y por acortar o prologar el trayecto de la ruta.

Algunos requisitos para la autorización de licencia de transporte extraurbano de pasajeros por carretera son adjuntar un plano descriptivo de la ruta solicitada, detalle del vehículo con el que se prestará el servicio de conformidad al certificado de propiedad y tarjeta de circulación, detalle preciso de la clase del servicio que se propone establecer, modo y frecuencia, un estudio económico de oferta y demanda realizado por un profesional colectivo y acreditar fehacientemente ante la DGT.

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