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Libres del IEMA las empresas exentas del ISR
CC declara inconstitucional esa tributación
Por:
Sonia Pérez
La Corte de Constitucionalidad (CC) exoneró a empresas pequeñas (entre ellas maquilas y zonas francas) del pago del Impuesto a las Empresas Mercantiles y Agropecuarias (IEMA), porque la ley viola la equidad y la justicia tributaria.
Una acción de inconstitucionalidad promovida por el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) contra los artículos 3, 7, 9 y 15 del decreto 99-98, ley del IEMA, fue declarada con lugar en definitiva por la CC.
El Cacif argumentó que dichos artículos violan la Carta Magna, y no promueve el desarrollo económico de la Nación.
Artículos controversiales
El artículo 3 establece que “las personas individuales o jurídicas propietarias de empresas mercantiles y agropecuarias exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), están obligadas al pago del IEMA”.
El Cacif argumentó que esto “suprime los incentivos (fiscales) otorgados de conformidad con la ley a las empresas relacionadas con Zonas de Libre Comercio, Industria de Maquila y Zonas Francas”.
Además, viola el artículo 119 de la Constitución que se refiere a las obligaciones del Estado de promover el desarrollo económico de la Nación, otorgar incentivos a empresas industriales en el interior del país y proteger la formación de capital, ahorro e inversión.
Según el fallo, los artículos 7 y 9 de la ley del IEMA también transgreden el artículo 243 constitucional sobre la capacidad de pago.
El artículo 15 quedó también suspendido, pues la CC consideró que la ley no podía ser retroactiva, tal y como está dispuesta en su redacción.
Postura de la CC
En su resolución la CC estableció que hay dos artículos impugnados que carecen de justicia y equidad, por lo que podrían causar gravámenes irreparables a las empresas.
“Quien deba pagar, previamente debió haber percibido un ingreso, beneficio o ganancias que lo que en esencia le permitirá efectuar el pago del impuesto”, consideraron los magistrados.
La CC resolvió que la inconstitucionalidad de los artículos del IEMA empieza a surtir efecto desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial.
SAT: Sin comentarios
Marco Tulio Abadío, superintendente de Administración Tributaria (SAT), no quiso opinar ayer sobre el fallo de la Corte de Constitucionalidad (CC).
El Departamento de Comunicación de la SAT informó que el funcionario se abstendrá de emitir comentario sobre el tema hasta que la resolución de la CC aparezca publicada en el diario oficial.
Sin embargo, fuentes de la institución indicaron que el fallo de inconstitucionalidad le representará un déficit de recaudación de más de Q300 millones anuales.
La resolución de la CC beneficia a más de mil 200 empresas maquiladoras y 222 exportadoras que operan en las zonas francas del país, las cuales por estar exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) no podían deducir el pago del Impuesto a las Empresas Mercantiles y Agropecuarias (IEMA) y lo absorbían como pérdida.
Inconstitucionalidad parcial
La CC estima que Ley del IEMA tiene inconstitucionalidades, al obligar a pagar a empresas exoneradas de tributos.
• El Cacif accionó contra la Ley del IEMA, al considerar que viola la Constitución.
• Los artículos 3, 7, 9 y 15 fueron declarados inconstitucionales por la Corte de Constitucionalidad.
• El artículo 3 de la Ley del IEMA obligaba a las empresas exoneradas de impuestos a pagar ese tributo.
• Los empresarios argumentaron que la ley no fomentaba el empleo ni industria en Guatemala, además de que no creaba certeza jurídica para la inversión nacional y extranjera.
Opiniones encontradas...
Empresarios y autoridades reaccionaron ayer ante la declaración de inconstitucionalidad del IEMA.
Alejandro Ceballos, el presidente de Vestex opinó que el fallo de la CC “es un gran alivio para la industria exportadora. El pago del IEMA es injusto y confiscatorio, ya que no podemos descontarlo del ISR y había que pagarlo y declararlo como pérdida”.
Ricardo Sagastume, aunque la CC se tardó mucho para conocer el caso, finalmente resolvió lo justo y legal. Ahora hay que ver que va a hacer cada empresa que fue “sangrada” por el fisco y si les van a devolver el tributo, opinó el director ejecutivo de la Cámara de Industria.
Roberto Castañeda, el presidente del Cacif dijo que aplaudía el fallo constitucional. “Estamos contentos, esto pone de manifiesto que en materia tributaria se ha actuado de forma irresponsable. La norma era ilegal y castigaba la producción, es un fallo que ayuda a la industria de exportación”.
Eduardo Weymann, para el Ministro de Finanzas Públicas, el fallo de la CC “es otro golpe más a la estabilidad de las finanzas públicas, por lo cual pone en mayor peligro la estabilidad macroeconómica del país”.
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