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EDITORIAL Justicia y Ejército obtienen beneficio
Un análisis inicial de la decisión de la Corte de Constitucionalidad que delimita el tema del secreto militar, afirma que este veredicto constituye un favor para la justicia y un golpe a la institución armada, pero cuando se piensa desde una perspectiva más incluyente, se evidencia que ese beneficio alcanza a ambas instituciones porque les permite funcionar dentro de los límites de la ley, pero sobre todo de la lógica y del sentido común de los ciudadanos.
La opinión de la CC, solicitada por el Congreso hace mucho tiempo, indica que el secreto militar solamente queda a los temas de seguridad y de soberanía nacionales, de la misma manera como ocurre en la mayoría de países democráticos, donde se discuten públicamente temas como el presupuesto militar y sobre todo su aplicación, y los casos en que ciudadanos que portan uniforme militar se involucran en algún delito castrense o de aquellos castigados por cualquiera de las divisiones del derecho.
Desde hace mucho tiempo, el tema del secreto militar había sido considerado como abarcador de todas y cada una de las actividades realizadas por el Ejército y por sus integrantes. Si esto no era así en la teoría legal militar, en la práctica constituyó la forma en que fue imposible la investigación y castigo de delitos cometidos por personal militar, pero también y sobre todo aquellas acciones que constituyeron violaciones a los derechos humanos en el largo y doloroso período del enfrentamiento armado interno.
La CC contribuye en esa forma a que se mejore la imagen de la justicia y del Ejército Nacional, porque eliminará el convencimiento generalizado que prevalece desde hace muchos años acerca de que esta institución y sus integrantes constituyen una clase aparte dentro de la sociedad.
Esto fue una de las causas por las que en muchos sectores se labró un desprestigio a la totalidad de las actividades militares, y una de sus consecuencias fue la incomprensión de la tarea que debía hacer. Ello no significa en manera alguna que se quieran aceptar ni justificar los abusos cometidos ni los errores de estrategia y de táctica en la relación de los militares con la población civil.
El beneficio para la Justicia es derivado de lo que se expresa anteriormente. Si en el país existen “territorios libres” integrados por instituciones donde el aparato judicial del país no puede entrar, los efectos negativos pasan por la posibilidad de que se recurra a la ilegalidad para la solución de las consecuencias de los delitos y también llegan a afianzar la decepción de los ciudadanos en el sistema de justicia.
Ambas posibilidades contribuyen a la pérdida o al menos a la disminución de la posibilidad de que el país funcione dentro de los cánones establecidos en las democracias occidentales.
La sociedad guatemalteca debe ver con beneplácito la decisión de la CC, por las razones antes apuntadas. Se puede empezar a satisfacer tanto una de las necesidades sociales como los deseos de muchos, lo que a la vez permite a los guatemaltecos afianzar la base de conocimiento de al menos parte de lo ocurrido durante el conflicto armado interno.
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