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Guatemala, domingo 10 de septiembre de 2006

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Nacionales

Reglamento para la Ley contra el crimen
Por: Sonia Pérez

El Ministerio Público (MP) y el Ministerio de Gobernación trabajan en el reglamento que normará las acciones a tomar para aplicar la Ley contra el crimen organizado.

Ilse Álvarez, viceministra de Gobernación a cargo del área de justicia, informó que ya se han llegado a acuerdos con el MP para la reglamentación de las escuchas telefónicas.

Juan Luis Florido, fiscal general, dijo que la ley da un marco de 90 días después de su aprobación para reglamentarla.

Entre lo acordado está que las escuchas deberán ser razonadas con claridad al juez que se le solicite ordenarlas.

“La intención es que los procesos se hagan dentro del marco de la ley y no se cometa ningún abuso, y si existen, sean penados”, comentó el fiscal general.

Necesita recursos

La compra de equipo es una de las dificultades que ambos ministerios enfrentan, por lo que esperan que se incrementen sus respectivos presupuestos.

“En el tema de escuchas telefónicas hay problemas y es donde más ha costado la discusión por el tema de la adquisición de tecnología”, reconoció Álvarez.

Otro de los puntos importantes de la reglamentación es la confidencialidad de las escuchas. “No hace prueba en debate lo que no se relacione al hecho ilícito objeto de investigación, por lo que aquello que no sirva a la misma se editará”, refirió Florido.

La forma en cómo realizarán los informes los investigadores asignados a estas acciones, la cadena de custodia y la manera en que se trasladará la información al juez también será reglamentado, comentó Álvarez.

De la ley

La Ley contra el crimen organizado fue aprobada de urgencia nacional por el Congreso de la República el 19 de julio pasado.

Se tipificó como crimen organizado a la estructura de un grupo integrado por dos o más personas que concierten para cometer delitos relativos a narcotráfico, contrabando, lavado de dinero, contrabando de ilegales, corrupción y terrorismo.

Además, se califica como delito la conspiración, la asociación ilícita, el uso ilegal de uniformes e insignias, comercialización de vehículos robados en el territorio nacional y en el extranjero, así como la obstrucción extorsiva de tránsito.

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