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Guatemala, 27 de junio de 2009

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Corte resuelve a favor de rectores de universidades  

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La modificación

Esta es la forma en que queda redactado el artículo 5 de la Ley de Comisiones de Postulación, después de que la CC suprimió de manera provisional dos términos considerados inconstitucionales.

• Artículo 5: La elección de los Presidentes de las Comisiones de Postulación se llevará a cabo por medio público. Para el efecto de la elección de los Presidentes de las Comisiones de Postulación se estará a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto número 41-99 del Congreso de la República, Ley de la Carrera Judicial y los artículos 215, 217 y 233 de la Constitución Política de la República. Se llevará a cabo en la sede del Palacio Legislativo, a convocatoria del presidente de la República.

Legislativo

Convocatoria sigue vigente 

Roberto Alejos, presidente del Congreso, manifestó que con lo dispuesto ayer por la CC, se suspende el sorteo que había sido programado para el 2 de julio próximo.

A menos que antes de esa fecha la CC resuelva desfavorablemente la acción de inconstitucionalidad que interpusieron los rectores el viernes último, el sorteo no se llevaría a cabo.

El Congreso había convocado a una reunión en las instalaciones del Salón del Pueblo para efectuar el sorteo en mención.

Arístides Crespo, segundo vicepresidente de ese organismo, declaró que esperarán para conocer de manera oficial el contenido de la resolución vertida por la CC.

Afirmó que, seguramente, el mismo día para el cual se había convocado el sorteo se llevará a cabo la elección del representante de los rectores en la comisión de postulación.



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Por Coralia orantes

13:13 | 26/06/2009

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió ayer suspender de manera provisional la utilización de un sorteo para designar al presidente de las comisiones de postulación que integrarán una lista de candidatos para magistrados de la Corte Suprema de Justicia y Corte de Apelaciones.

La acción se resolvió 24 horas después de que 11 rectores de las diferentes universidades presentaron una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Comisiones de Postulación.

Los siete magistrados que conocieron la acción en pleno extraordinario suspendieron los vocablos “de sorteo” y “el sorteo público” de los presidentes de las Comisiones de Postulación a que se refieren los artículos 215, 217 y 233 de la Constitución Política de la República.

El considerando de la resolución se lee así: “En este caso opera el principio de constitucionalidad de democracia representativa sustentada en la elección libre, responsable y mayoritaria de los sujetos legitimados para decidir, por lo que el elemento aleatorio que introduce la norma impugnada, adolece de inconstitucionalidad notoria y es susceptible de causar gravámenes irreparables”.

La resolución señala: “Estima también esta Corte, que siendo constitucional el principio de publicidad del evento eleccionario convocado, que se encuentra contenido en la impugnación parcial del citado artículo 5, sobre el mismo y el resto de lo impugnado no procede la suspensión provisional solicitada”.

La CC determina dar audiencia por 15 días comunes al Congreso de la República, a los interponentes de la acción y al Ministerio Público (MP).

“El contenido de los artículos de la Constitución sobre las Comisiones de Postulación se sustenta en la elección libre, responsable y mayoritaria, y el sistema aleatorio de la norma impugnada sí contradice a la Constitución”, explicó Roberto Molina Barreto, magistrado de la CC.

Molina detalló que ahora los rectores deberán efectuar el procedimiento por medio de una elección, la cual debe ser pública y en el Congreso de la República, tal como estaba estipulado.

Antes de hacer pública la resolución del recurso, los magistrados recibieron la visita de Ana María de Klein, Eleonora Muralles, Raquel Zelaya e Iduvina Hernández, miembros de organizaciones sociales, quienes solicitaron la prontitud para resolver la acción.

Complacidos

Estuardo Gálvez, rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, aseguró que lo único que les interesa es que prevalezca el estado de Derecho y el respeto a la Constitución.

“Yo veo positiva la Ley de Comisiones de Postulación, aunque no es suficiente, considero que en todos los rectores priva la buena fe”, detalló Gálvez.

Harold Caballeros, rector de la Universidad San Pablo, explicó que habrá una elección pública y ahí se deberá deliberar.

Afirmó: “Un rector tiene derecho a decir que no quiere o no puede. Lo que no nos parece es que en la ley nos quitaron el derecho de elegir y lo pusieron por sorteo, y por eso iniciamos la acción”.

Caballeros negó que haya algún contubernio entre rectores para elegir a su representante.

Manifestó: “Que haya algo escondido, le puedo asegurar que no, y así lo verán ese día (2 de julio en el Congreso).

Negó que haya más acciones de ese tipo encaminadas en los próximos días. “Ya nos volamos la palabra sorteo, y ya estuvo”, enfatizó.

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