Tecnología

La firma digital se vuelve más común

Tener que viajar cientos de kilómetros para firmar un documento es una práctica que en los próximos años no será tan común, ya que aumenta a escala mundial el uso de la Firma Electrónica Avanzada, la cual está autorizada legamente en Guatemala.

De acuerdo con Ervin Cano, gerente de Firma-e de la Cámara de Comercio de Guatemala, la Firma Electrónica Avanzada es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor como el autor legítimo.

“Poco a poco se ha introducido esta tecnología en el país. Algunas entidades públicas han visto ya los beneficios en su uso, lo fácil que es implementarla y cómo pueden cerrar el ciclo de automatización de procesos con la misma”, añadió el experto.

Cano dijo que en países desarrollados los ciudadanos pueden utilizar certificados digitales de firmas electrónicas para gestionar servicios en una forma más ágil y segura, tales como pago de impuestos, servicios de salud y educación —conocido como e-gobierno—. De la misma manera se emplea por entidades privadas para la identificación de personas, mejorar la confidencialidad de sus informaciones y certificar a distancia contratos y documentos.

Actualmente la demanda de servicios en Guatemala se relaciona con transacciones bancarias, e-gobierno y traspaso de documentación en instituciones. Por ejemplo, la Municipalidad de Guatemala emplea la herramienta para validar procesos internos dentro de sus dependencias.

Funcionamiento

Muchas personas creen que la firma electrónica se efectúa al escanear la manuscrita y de esta manera firmar documentos digitales. Sin embargo, para emplear esta tecnología es necesario obtener un certificado legal basado en un sistema de infraestructura de llave pública, la cual permite identificar al sujeto y verificar la información.

La tecnología para poder utilizar la firma electrónica es diversa, como el reconocimiento de un usuario con contraseña, así como el trazado de la firma manuscrita sobre un pad. Puede utilizarse cualquier sistema informático que identifique al sujeto, a fin de que se pueda validar el consentimiento en la comunicación electrónica.

Marco legal

La Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas fue aprobada por el Congreso de Guatemala, mediante el decreto 47-2008, que la define como una serie de “datos en forma electrónica consignados en una comunicación electrónica, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo, que puedan ser utilizados para identificar al firmante en relación con la comunicación electrónica e indicar que el firmante aprueba la información recogida en la comunicación electrónica”.

“El decreto es claro y determina que la Firma Electrónica Avanzada que haya sido producida por un dispositivo de creación de firmas tiene el mismo valor jurídico que la manuscrita. Asimismo, es admisible como prueba de juicio”, afirmó Cano.

La Corte Suprema de Justicia, recientemente aprobó el acuerdo 55-2012, en el que se establece que los jueces podrán remitir por vía electrónica, a la entidad que corresponda, las órdenes de arraigo, embargo y anotación de demanda, mismas que irán firmadas por un juez, por medio de la Firma Electrónica Avanzada.

Mauricio Romero, coordinador de proyectos informáticos de la Superintendencia de Administración Tributaria, expuso que actualmente dentro de la institución se utilizan sistemas digitales como e-firma, e-factura, e-declaraciones de aduana y e-embargos.

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