Justicia
Juez Fredy Orellana revoca órdenes de captura contra Jorge Serrano Elías, implicado en autogolpe de 1993
El juez Fredy Orellana anuló las órdenes de captura contra el expresidente Jorge Serrano Elías, exiliado en Panamá desde 1993, por su implicación en el quiebre del orden constitucional conocido como el Serranazo.
El 5 de junio de 1993, Jorge Serrano Elías, salió por la puerta de atrás de la Casa Presidencial, días después de haber dado un autogolpe. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)
El Ministerio Público (MP) confirmó este miércoles 18 de febrero que el juez Séptimo de Primera Instancia Penal, Fredy Orellana, revocó las órdenes de captura contra el expresidente Jorge Serrano Elías, señalado por múltiples delitos relacionados con el golpe de Estado del 25 de mayo de 1993, conocido como el Serranazo.
Aunque no se precisó la fecha en que el juzgador anuló las órdenes de aprehensión, el Departamento de Información y Prensa del MP indicó que la Fiscalía de Delitos Administrativos manifestó su oposición a la resolución emitida por Orellana, mediante la interposición de los recursos de impugnación correspondientes.
Además, informó que se recusó al juez, según los mecanismos legales establecidos, aunque no detalló dichas acciones.
El caso contra el exmandatario estaba a cargo del juez Carlos Toledo, del Juzgado Sexto Penal; sin embargo, tras ser recusado, la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones resolvió que el expediente fuera remitido a la judicatura a cargo de Fredy Orellana.
Jorge Antonio Serrano Elías reside actualmente en Panamá, y se ha pronunciado desde allí en redes sociales sobre asuntos coyunturales del país. Se encuentra exiliado en esa nación centroamericana desde junio de 1993.
El exmandatario es señalado por los delitos de violación a la Constitución, rebelión, desacato a los presidentes de los organismos del Estado, abuso de autoridad, abandono del cargo, usurpación de funciones, abuso contra particulares, encubrimiento propio, peculado, usurpación de atribuciones, fraude, y apropiación y retención indebida.
El Serranazo
El 25 de mayo de 1993, el entonces presidente de la República, Jorge Serrano Elías, disolvió el Congreso de la República y la Corte Suprema de Justicia, bajo el argumento de iniciar un proceso de recuperación del Estado dentro del marco legal.
Según publicaciones de la época, a través de un acuerdo gubernativo denominado Normas Temporales de Gobierno, se restringieron garantías constitucionales y se censuró a la prensa. Por medio de una cadena nacional, el exmandatario anunció las disoluciones y nuevas disposiciones tras el autogolpe.
Días después, el 1 de junio de 1993, Serrano Elías fue destituido y se retomó el orden constitucional. El Congreso de la República eligió como nuevo presidente a Ramiro de León Carpio.
El 1 de junio de 1993, Serrano Elías partió hacia Panamá. El 25 de agosto de 1994, ese país notificó su negativa a extraditarlo a Guatemala, y desde entonces permanece en ese territorio en calidad de asilado político.
MP responsabiliza a juez Orellana
En relación con el caso del expresidente Jorge Serrano Elías, el Ministerio Público (MP) responsabilizó al juez Fredy Raúl Orellana Letona por haber revocado las órdenes de aprehensión en su contra, y señaló que, aunque presentó varios recursos para revertir esa decisión, todos fueron rechazados por el juzgador.
La institución aseguró que la Fiscalía de Delitos Administrativos ha cumplido en todo momento con su deber constitucional de ejercer la acción penal pública. En ese contexto, informó que, desde 1993 —año en que fueron giradas— las órdenes de aprehensión contra Serrano Elías han sido reiteradas anualmente.
Como resultado de esa gestión, el 5 de marzo de 2024, el exmandatario fue declarado en rebeldía. Posteriormente, el 8 de octubre de 2025, luego de que el juez Sexto de Primera Instancia Penal se excusara de seguir conociendo el expediente, la Sala de Apelaciones designó al juez Orellana para continuar con el caso.
Según el MP, el 5 de enero de 2026, Orellana resolvió, sin convocar a audiencia a las partes y con base en una solicitud escrita de la defensa técnica del sindicado, declarar con lugar una actividad procesal defectuosa y, en consecuencia, revocar las órdenes de aprehensión vigentes.
La resolución fue notificada el 6 de enero a la Fiscalía, que interpuso de inmediato un recurso de reposición, el cual fue rechazado. El 3 de febrero de 2026 se presentó una acción constitucional de amparo, que aún está pendiente de resolución.
Asimismo, la Fiscalía planteó una recusación contra el juez Orellana, pero esta fue rechazada sin ser admitida a trámite. Ante ello, se interpuso apelación, que fue resuelta en el mismo sentido.
A finales de enero, la Fiscalía presentó una segunda recusación, también rechazada in limine por el juzgador. Frente a esa resolución, promovió una nueva actividad procesal defectuosa, que igualmente fue declarada sin lugar. Según el MP, actualmente se analiza la posibilidad de presentar un segundo amparo.
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