Rincón de Petul
Explorando la lógica del colega Molina Barreto
La corte parece haber construido caprichosamente una nueva norma.
Esta semana, la Corte de Constitucionalidad, el órgano de más alta interpretación legal en el país, levantó la mano y somató la mesa. Hay una nueva genialidad jurídica en el país:
Ejercer como juez no da experiencia como abogado.
El razonamiento viene en uno de los procesos más politizados de la actualidad: la designación del próximo profesional que asumirá la fiscalía general. El proceso que nombra al sustituto de la fiscal Porras.
Leído solo así, sin entrar a profundidades, la genialidad suena rara. Levanta cejas. Frunce ceños. Parece no hacer falta ser Salomón para notar un absurdo. ¿Cómo así que la experiencia de un juez no cuenta como abogado si, para ser juez, precisamente se requiere antes ser abogado? Más bien, ¿acaso el ser juez no debería interpretarse como la máxima expresión de la profesión? Se puede argüir lo que se quiera. Pero esto se ve como un argumento marrullero. Uno de esos sinsentidos rebuscados que justifican los chistes sobre abogados.
Pareciera indiscutible. Para ejercer judicatura, primero se debe ser abogado. El segundo no excluye al primero. En cambio, lo profundiza y fortalece. Además, el requisito para ser fiscal general es haber ejercido la profesión de “abogado” por más de diez años. Eso va sin limitaciones, ni separaciones. Al explicar su voto, Molina Barreto argumentó que la Constitución se refiere exclusivamente al ejercicio “liberal” de la profesión. ¿De dónde se sacó esta extensión de la ley? ¿Alguien sabe?
¿Suena como a una ocurrencia del mismo recetario?
La Constitución, sin recovecos inventados, transpira simplicidad. Y, en este requisito, el interés protegido es claro: limitar el cargo a un profesional del gremio. No a un ingeniero, no a un astronauta. A un abogado, en cualquiera de sus actividades, válidas y valiosas. La corte, empero, parece haber construido caprichosamente una nueva norma. Según el fallo, terminaría teniendo más aptitud para el cargo un profesional que tan solo demuestre haber llevado un caso cada uno de los últimos diez años. No importa su tamaño. No importa su trascendencia. Aunque esta sea mínima. Esto, por encima de un juzgador, de esos embebidos —día tras día, noche tras noche— en las cortes más altas del país.
La ironía se cuenta sola. Tres magistrados resolvieron que el ejercicio de una judicatura no merece calificarse como experiencia de abogado. Pero para eso debieron interpretar la ley; razonar jurídicamente. Argumentar. Resolver. Todo aquello que se les enseñó precisamente en la escuela de abogacía. Ejercer la profesión. Eso es, por lo menos, lo que estaban llamados a hacer. Todas aquellas actividades que, según su fallo, descalifican a sus colegas.
Esta es una primera muestra de la nueva Corte de Constitucionalidad. Preocupa la honestidad en las resoluciones. Sin estar obligado, el magistrado Molina Barreto, sempiterno alzador de cejas, se decidió salir al frente. Razonó un voto concurrente. ¿Muestra de empoderamiento y sobradez? No lo sé. Pero llamó la atención su frase. Dijo que esta era una “evolución de los criterios interpretativos”. Pero evolución es desarrollarse. Y desarrollarse es aumentar o reforzar algo de orden físico, intelectual o moral.
Esa idea: “ejercer como juez no da experiencia como abogado”… eso no suena a evolución.
Recordamos hace unos años a un presidente que jugaba a ser jurista. En medio de sus intereses, se le ocurrió decir —micrófono al labio— que la ley no perseguía al delincuente, sino al delito. Todos se rieron. Esto de ahora, que ejercer como juez no da experiencia como abogado… ¿Suena como a una ocurrencia del mismo recetario?