ECONOMÍA

¿Trae compras del extranjero? Así determina la SAT si son equipaje personal o deben pagar impuestos

Una computadora de uso personal puede formar parte del equipaje, mientras que varios equipos, compras o regalos pueden recibir otro tratamiento. Conozca cuándo aplican las exenciones de US$500.

Al regresar a Guatemala, la cantidad, el tipo y el valor de los artículos comprados en el extranjero pueden determinar si forman parte del equipaje o reciben otro tratamiento aduanero. (Foto, Prensa Libre: ShutterStock).

Al regresar a Guatemala, la cantidad, el tipo y el valor de los artículos comprados en el extranjero pueden determinar si forman parte del equipaje o reciben otro tratamiento aduanero. (Foto, Prensa Libre: ShutterStock).

Al salir o ingresar a Guatemala, los viajeros deben completar la Declaración Jurada Regional de Viajero (DJRV), un formulario que desde 2023 se realiza de manera electrónica.

La duda suele surgir al regresar al país después de un viaje, cuando en el equipaje se llevan ropa, una computadora, un teléfono, regalos o productos comprados en el extranjero: ¿cuáles de estos artículos se consideran equipaje personal y cuáles deben declararse como mercancías distintas del equipaje?

La diferencia es importante porque determina el tratamiento aduanero que reciben los bienes y si pueden ingresar exentos del pago de tributos o si corresponde realizar otro procedimiento y pagar impuestos.

Especialistas de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) explicaron durante un foro sobre equipaje de viajeros que no todo lo que una persona transporta dentro de sus maletas se considera automáticamente equipaje.

Qué se considera equipaje del viajero

El equipaje está compuesto por los artículos nuevos o usados que el viajero puede necesitar o utilizar durante su viaje, siempre que estén en cantidades y condiciones acordes con el tiempo que permaneció fuera de Guatemala.

Entre estos pueden encontrarse prendas de vestir, artículos de uso personal, medicamentos, equipo para actividades deportivas o recreativas, una computadora personal y herramientas o equipo profesional relacionado con la actividad del viajero.

Cuando los bienes cumplen con las condiciones para ser considerados equipaje, pueden ingresar exentos del pago de tributos, sin que el valor de esos artículos se deba confundir con la exención establecida para las mercancías distintas del equipaje.

Por ejemplo, una persona que salió de vacaciones puede regresar con su computadora y teléfono celular de uso personal. El hecho de que haya realizado un viaje de descanso, y no de trabajo, no impide que estos dispositivos formen parte de su equipaje.

Sin embargo, la cantidad de artículos puede cambiar el tratamiento. Si un viajero regresa, por ejemplo, con varias computadoras nuevas, la autoridad puede considerar que esa cantidad no corresponde a un uso personal y analizar los bienes como mercancías distintas del equipaje.

Qué son las mercancías distintas del equipaje

Por otro lado, hay artículos o productos que el viajero transporta, pero que no reúnen las características para ser considerados parte de su equipaje.

Aquí pueden encontrarse determinados regalos, compras adicionales o cantidades de productos que no sean congruentes con el uso personal del viajero, explicaron los especialistas de la SAT.

Durante el foro, comentaron que la finalidad de los artículos es uno de los elementos que puede tomarse en cuenta. Por ejemplo, si una persona lleva productos que compró en el extranjero para entregárselos a otra persona, estos podrían recibir un tratamiento diferente al de sus objetos personales.

También puede ocurrir con cantidades considerables de productos, como ropa, perfumes u otros artículos, cuando la cantidad o naturaleza de los bienes no sea compatible con un uso personal.

Por ello, la SAT recomienda conservar facturas, recibos u otros comprobantes de compra, ya que pueden ser necesarios para establecer el valor de las mercancías y determinar el procedimiento aduanero correspondiente.

Condiciones para ingresar mercancías por hasta US$500 sin pagar impuestos

Las mercancías distintas del equipaje pueden ingresar con una exención de tributos de hasta US$500, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la normativa.

Entre los requisitos explicados por la SAT están:

  1. El viajero debe haber permanecido al menos 72 horas fuera del territorio nacional.
  2. Los artículos no deben tener finalidad comercial (venta)
  3. No deben corresponder a mercancías cuya importación esté prohibida.
  4. Cuando corresponda, deben contar con los permisos o autorizaciones exigidos por otras autoridades.

La exención puede utilizarse una vez cada seis meses. Si el viajero utiliza solo una parte de los US$500 en un viaje, el saldo no se acumula para utilizarlo posteriormente dentro del mismo período.

Los US$500 no son el límite del equipaje personal

Uno de los puntos que la SAT busca diferenciar es que los US$500 no representan un límite general para el valor del equipaje personal.

El monto corresponde a la exención establecida para mercancías distintas del equipaje, siempre que se cumplan las condiciones correspondientes.

En el caso del equipaje, la autoridad analiza principalmente si la naturaleza, cantidad y características de los bienes son razonables y congruentes con el viaje y con el uso personal del viajero.

Por ello, una computadora personal, ropa o un teléfono celular que efectivamente formen parte del equipaje no deben sumarse automáticamente al monto de US$500 como si fueran mercancías adicionales.

¿Qué ocurre si las mercancías superan los US$500?

Superar los US$500 no significa que el viajero no pueda ingresar los productos. Lo que cambia es el tratamiento aduanero.

Los expertos de la SAT, explicaron que cuando una persona lleva mercancías distintas del equipaje que superan el monto de la exención, debe realizar el procedimiento correspondiente y, cuando proceda, pagar los tributos aplicables.

La SAT también explicó que existe un límite relacionado con el valor de las mercancías para determinar el procedimiento administrativo que corresponde.

De acuerdo con lo explicado durante el foro, cuando el valor de las mercancías no supera los US$3 mil, el caso puede ser atendido administrativamente en la aduana y pueden generarse multas si existen incumplimientos. Cuando supera ese monto, el caso puede pasar a conocimiento de las autoridades correspondientes.

Por ello, US$500 y US$3 mil cumplen funciones diferentes: el primero está relacionado con una exención bajo determinadas condiciones, mientras que el segundo interviene para establecer el tratamiento que puede recibir un caso en la aduana.

¿Qué pasa si no se declaran las mercancías?

Los expositores de la SAT también explicaron que es importante declarar correctamente los bienes que correspondan.

Si durante una revisión aduanera se detectan productos que no fueron declarados, la autoridad puede determinar qué tipo de mercancías son, cuál es su valor y qué procedimiento corresponde. Las consecuencias dependerán de las características y valor de los bienes y de las circunstancias del caso.

Por ello, para quienes regresan a Guatemala con compras realizadas durante un viaje, la recomendación es distinguir entre los artículos que forman parte del equipaje y las mercancías adicionales, conservar los comprobantes de compra y declarar los bienes cuando corresponda

ESCRITO POR:

Glenda Burrión

Periodista de Prensa Libre especializada en economía con más de 7 años de experiencia como correctora de textos y creación de contenido digital.