Sobre el caso, las organizaciones pro derechos de la niñez y las mujeres, Refugio de la Niñez y Mujeres Transformando el Mundo rechazan el fallo del juzgador y señalaron que Umaña Calderón “mostró su animadversión hacia la víctima, minimizando los hechos constitutivos de violación y decidió modificar los delitos a los sindicados”.
Las organizaciones en un comunicado explicaron que el juez resolvió modificar el delito de violación con agravación de la pena por el delito de violación, además, el jurista expresó que no existió el delito de abuso de autoridad.
También señalan que el juez suplemente impuso a los sindicados medidas sustitutivas mínimas, sin ninguna medida de restricción para evitar que se escapen.
El caso
En enero de este año, los agentes Elmer Leonel Orellana Monterroso y Melvin Florentín Pérez Vicente asignados a la subestación 31-31 de Puerto de San José fueron detenidos por el delito de violación.
Una pesquisa de la Fiscalía de la Mujer de Escuintla detalló que el 3 de enero de 2021, aproximadamente a las 19.45 horas, una mujer solicitó auxilio a los agentes que se desplazaban a en el autopatrulla ESC 174. Los uniformados trasladaron a la mujer a una estación de Puerto Quetzal, donde abusaron sexualmente de ella.
El MP explicó que la víctima salió de su trabajo en horas de la noche, pero el bus que la llevaría a su vivienda ya había pasado, por lo que les preguntó a los dos agentes si ellos iban hacia Escuintla y estos le ofrecieron llevarla al referido lugar, donde un familiar llegaría por ella.