Ciudades

Persiste lenta expansión en la cordillera Alux

En los últimos cinco años  la comuna  mixqueña otorgó 83  licencias en la zona de reserva del cerro Alux, y  seis mil 184 en todo el municipio.

La cordillera Alux es fuente de vida, un área protegida desde 1997 que cobija manantiales, rica fauna, flora y genera aire puro. (Foto: Hemeroteca PL)

La cordillera Alux es fuente de vida, un área protegida desde 1997 que cobija manantiales, rica fauna, flora y genera aire puro. (Foto: Hemeroteca PL)

La expansión residencial en  la Reserva Forestal Protectora de Manantiales Cordillera Alux ha sido difícil de controlar, debido a que la población no está informada de los trámites  y requisitos que se deben llenar para construir, sobre todo porque se trata de un área   protegida,    informó Gabriel Valle, de la Fundación para el Ecodesarrollo y la Conservación.


Valle  señaló  que el problema no es solo de construcción, pues el inconveniente  es que las municipalidades no cuentan con el Plan de Ordenamiento Territorial para establecer criterios, pese a que el Plan Nacional de Desarrollo Katún 2032  exige que las 340  comunas deben implementar esa herramienta.

“Los procedimientos administrativos son lentos, mientras que las construcciones las hacen rápido sin que el Consejo Nacional de  Áreas Protegidas (Conap) pueda verificar sin cuentan con las autorizaciones correspondientes”, señaló.

La cordillera Alux tiene  cinco mil 372  hectáreas de terreno y abarca cinco municipios —tres de Guatemala y dos de Sacatepéquez—, entre ellos Mixco, que tiene el 35% del área protegida.

Control

Desde que ocurrió el deslizamiento del 2012, en la zona 1 de Mixco, en el área de desarrollo urbano de la cordillera Alux, que afectó a 140 familias de cinco colonias,  las normas que rigen las construcciones en el lugar son más rigurosas, señaló David Illescas, delegado del Conap.

Añadió que para autorizar la construcción dentro de esa área, el Conap y el Instituto Nacional de Bosques  emiten  una opinión técnica al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (Marn),  que es el encargado de extender el estudio de impacto ambiental. 

El experto dijo que actualmente no han recibido  ninguna solicitud para construir en el área, pero aseguró que siguen con  las labores de control, pues han encontrado obras que no cuentan con el dictamen de  impacto ambiental.

Conap se rige por lo que establece el artículo 20 de la Ley de Áreas Protegidas, que declara de interés nacional la conservación y protección de los recursos naturales, dijo Illescas.

En los últimos cinco años se agregaron dos requisitos para construcción en Mixco, la resolución del Marn y del Ministerio de Salud Pública; además del resto de requisitos, como solvencia del Juzgado Municipal, copia de boleto de ornato, plano de la construcción, entre otros.

Illescas resaltó que en la actualidad hay un condominio en construcción entre Mixco y San Juan Sacatepéquez, que está suspendido desde hace más de seis meses porque en el diagnóstico ambiental no llenó los requisitos.

Extendieron permisos

La Municipalidad de Mixco, a través de la Unidad de Información Pública, informó que con base en el Reglamento de Construcción y Urbanismo, en los últimos cinco años se autorizaron 83 licencias de construcción en la zona de desarrollo urbano de la reserva, sin especificar si a personas individuales o desarrolladoras habitacionales.

En todo el municipio, se han autorizado seis mil 184 construcciones  en los últimos cinco años. En el 2017, del 1 de enero al 20 de agosto, la cifra de licencias emitidas es de 641, un promedio de tres por día.

REQUISITOS

Requerimientos para  construcciones de comercios, bodegas y edificios en Mixco.

  • Formulario de solicitud sellado  y firmado por el propietario e ingeniero o arquitecto,  colegiado activo.
  • Certificación del Registro General de la Propiedad, con vigencia máxima de seis meses.
  • Fotocopia del  documento personal indentificación del propietario del inmueble y del ingeniero o arquitecto.
  • En caso de ser personas jurídicas, fotocopia legalizada de la escritura constitutiva de sociedad y acta notarial de nombramiento del representante legal o patente de comercio.

ESCRITO POR: