Economía

Así podrán los contribuyentes llevar su contabilidad en un libro electrónico

La nueva herramienta del Libro Electrónico Tributario (LET) para Pequeños Contribuyentes, con el fin de facilitar los registros, está disponible a partir de hoy en el portal de la SAT y en la Agencia Virtual de cada usuario inscrito en ese régimen según informaron autoridades.

habilitación FEL pequeño contribuyente

Las personas individuales y jurídicas del régimen de pequeño contribuyente ya no podrán usar facturas preimpresas ya que deberán emitirlas en FEL a partir del 1 de abril del 2023, según la SAT. (Foto Prensa Libre: Rosa María Bolaños)

En la actualidad existen 996 mil 942 pequeños contribuyentes afiliados al impuesto al valor agregado (IVA) según datos de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), los cuales podrán utilizar el LET.

La herramienta permite el registro de los documentos en el libro de compras y ventas de dichos usuarios, sin embargo, para poder usarla deben tener autorizados libros computarizados.

Quienes aún tengan libros impresos deben habilitar los computarizados e informar qué folio van usando para coordinarlo con el sistema, indicó Salvador López, intendente de Atención al Contribuyente de la SAT.

A quienes ya usan la Factura Electrónica en Línea (FEL) el sistema les permite cargar en forma automática los documentos tributarios electrónicos (DTE) de ventas o servicios.

Si no es emisor de FEL puede ingresar los documentos de ventas y compras realizadas en cada período mensual y generar su declaración mensual de una vez porque esta se llena de forma automática, agregó.

La intención es que se pueda usar por los segmentos de pequeños contribuyentes, los cuales son personas individuales o pequeñas y medianas empresas, sin embargo, se prevé poder integrar a otros regímenes en el futuro.


El sistema se puede usar directamente en la Agencia Virtual de los contribuyentes que lo tienen habilitada, o se puede encontrar en el portal de la SAT www.sat.gob.gt

Los 11 pasos para usar el Libro Electrónico Tributario

Para poder usar la herramienta se requiere tener acceso a Internet, contar con usuario de Agencia Virtual, estar inscrito en el régimen de pequeño contribuyente, tener un establecimiento activo. Poseer el Libro de compras y ventas computarizado y habilitado, tener a la mano tus facturas emitidas o recibidas de forma tradicional o en el régimen FEL.

  1. Ingrese a la Agencia Virtual, con su usuario y contraseña.
  2. Seleccione el menú Servicios / Sistema de Registro del Libro de Compras y Ventas para el Pequeño Contribuyente / Ingreso de Facturas.
  3. Seleccione mes y año a generar, acepte e ingrese.
  4. Si emite FEL, el sistema en forma automática cargará los datos de sus facturas en Ventas. Si posee autorización de facturas en papel, también puede ingresarlas.
    Luego de haber generado todas sus ventas y servicios prestados, cierre las ventas.
  5. Si recibió una factura FEL, el sistema cargará automáticamente los datos de las facturas de sus compras.
  6. Debe seleccionar las FEL que desee que se registren en la sección compras y confirmar.
  7. Puede ingresar los datos de las facturas recibidas en papel y posteriormente cierra las compras.
  8. Genera el resumen del Libro de Compras y Ventas.
  9. El sistema por una única oportunidad le solicitará ingresar el número del último folio utilizado en el mes anterior.
  10. Generar Formulario SAT-2046, para presentar en bancos o a través de banca en línea.
  11. Podrá descargar o imprimir su libro de compras y ventas: seleccione el menú Consultas / Sistema de Registro del Libro de Compras y Ventas para el Pequeño Contribuyente / Reporte del Libro de Compras y Ventas.

Esta herramienta “es una respuesta que está dando la SAT con la necesidad de estimular la competitividad de nuestro país, y se está enfocando en estos esfuerzos con varios de los ministerios del Organismo Ejecutivo” dijo Werner Ovalle jefe interino de la SAT.

Expuso que uso generará un efecto multiplicador porque contribuirá a ampliar la base tributaria que es una de las recomendaciones que han dado los organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional y está incluida en el Plan Estratégico Institucional.

En el Régimen de Pequeño Contribuyente pueden inscribirse las personas individuales o jurídicas cuyo monto de venta de bienes o prestación de servicios no exceda de Q150 mil en un año fiscal, según lo establece la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

La tasa del impuesto es de 5% sobre los ingresos brutos totales facturados cada mes por las ventas o prestación de servicios.

El régimen en mención generó en enero del 2020 Q8 millones de ingresos a la SAT, se agregó.

Fernando Suriano, intendente de recaudación, agregó que en pocos meses también se pondrá a disposición de los usuarios el Registro Tributario Unificado (RTU) digital para hacer trámites.

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.