Economía

Bono de Protección del empleo: Este es el nuevo requisito que deben presentar los patronos para que empleados reciban ayuda

Los patronos que busquen suspender contratos laborales de sus empleados y que estos reciban el Bono de Protección del Empleo deberán presentar al Ministerio de Trabajo (Mintrab) un nuevo requisito.

El Ministerio de Trabajo ha presentado 118 denuncias por personas que brindaron información errónea para acceder al beneficio. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El Ministerio de Trabajo ha presentado 118 denuncias por personas que brindaron información errónea para acceder al beneficio. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El nuevo requisito fue explicado por el ministro de Trabajo, Rafael Rodríguez, quien dijo que se trata de una mejora en el proceso de suspensión de contratos para agilizar la aprobación.

La intención es que la solicitud sea resuelta con prontitud y que el beneficio que se aprobó para mitigar el impacto por la emergencia del covid-19 llegue a las personas que realmente lo necesitan, agregó.

María Isabel Salazar, viceministra de trabajo, dijo que la función esencial de la Inspectoría General de Trabajo (IGT) es el cumplimiento de la ley en el ámbito de su competencia, es por ellos que han desarrollado verificaciones a través de procesos de inspección para establecer la veracidad de los datos en la solicitudes presentadas.

La funcionaria añadió que se fortalecerá dicho procedimiento de gestión a través de la declaración jurada notarial la cual deberá ser presentada por el empleador y cuyos datos podrán ser verificados oportunamente.

“Se hará la solicitud de una declaración jurada, pero ante notario con el objeto de poder verificar a posteriori que la información que se está entregando por parte de los empleadores es precisa, y de esta forma asegurarnos que la ayuda de este que el programa este llegando a las personas trabajadoras que más lo necesitan”, comentó el ministro.

La solicitud que actualmente se hace, por la plataforma electrónica suspensiones.gob.gt será la misma pero le deberá agregar la declaración jurada ahora debe ser notarial, respondió el ministerio por medio de la oficina de la oficina de comunicación social.

 

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.