Economía

Coronavirus: SAT autoriza diferir pago del ISO en tres meses, pero pone reglas

El pago del impuesto de solidaridad (ISO) será diferido por tres meses a partir de julio próximo, según informó la SAT, mientras el Congreso aprobó aplazar para el 31 de octubre el impuesto sobre circulación de vehículos.

Una de las condiciones para poder optar a diferir el ISO se relaciona con trabajadores de la empresa. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Una de las condiciones para poder optar a diferir el ISO se relaciona con trabajadores de la empresa. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El decreto 12-2020 aprobado por el Congreso establece que podrá diferir el pago del ISO hasta septiembre las empresas que no han despedido trabajadores, indicó el jefe de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Marco Livio Díaz Reyes.

La disposición estará vigente durante julio, agosto y septiembre y no pagarán multa e intereses durante ese plazo las empresas que cumplan con ese y otros requisitos.

La SAT está preparando el sistema para poder recibir esos pagos sin multa e intereses y están por aprobar los requisitos dijo Díaz, sin embargo adelantó que se pedirá la declaración jurada de la empresa, adjuntar las planillas del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) y se hará una consulta y cruce de información con las bases de datos del Ministerio de Trabajo (Mintrab).

Los contribuyentes que apliquen a ese diferimiento “deberán presentar una declaración jurada y las planillas del IGSS donde se demuestre que no han despedido a los trabajadores”, expuso.

Según explicó el superintendente sí podrán aplicar las empresas que hayan suspendido contratos laborales. Las disposiciones y requisitos de suspensión de contratos de trabajadores fueron emitidos por el Ministerio de Economía (Mineco) y el Mintrab como parte del Fondo de Protección del Empleo, y basado en artículos del Código Laboral.

Añadió que se analizarán los casos ya que pudo haber despidos por el movimiento normal de la empresa y no por temas relacionados al covid-19.

El funcionario ejemplifica que las planillas no se mantienen estáticas en una empresa y se ha estado analizando cómo medir esa parte, pero mencionó que si hay una disminución muy grande de trabajadores se deberá investigar si realmente hubo despidos.

Una empresa puede tener 200 trabajadores, pero por un movimiento normal podría bajar a 190 en un renunciaron, o podría aumentar a 210, y eso no significaría que despidió trabajadores, mencionó el superintendente.

Opinó que tres meses de diferimiento no es mucho tiempo y se tendrá cierta flexibilidad para que no se vuelva un problema entre la administración tributaria y el contribuyente.

Esta semana Nils Leporowski, presidente del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) mencionó dentro de las propuestas de la y de la Cámara del Agro (Camagro) para aliviar la crisis derivada de la emergencia del coronavirus incluyen la solicitud para eliminar el ISO.

Agregó que se trata de un impuesto inconstitucional porque deben pagar por anticipado por una renta que no se ha tenido.

¿Qué es el ISO?

De enero a mayo del 2020 se han recaudado Q2 mil 401.3 millones de ISO.

  • Es un impuesto directo que deben pagar los contribuyentes (personas individuales o jurídicas) que realizan actividades mercantiles o agropecuarias en Guatemala. La tasa es de 1% sobre la renta imponible y su declaración y/o pago es trimestral. Deberá pagarse dentro del mes inmediato luego de que finalice el trimestre.
  • El ISO y el impuesto sobre la renta (ISR) se pueden acreditar entre sí, pero el contribuyente debe elegir cuál de las dos formas usará.
  • Los establecimientos comerciales también están afectos al ISO debido a su actividad mercantil cuando cumplen con estas características: Disponer de patrimonio propio, realizar actividades mercantiles o agropecuarias en el territorio nacional, obtener un margen bruto superior al 4% de sus ingresos brutos, según se explica sitios electrónicos referentes a temas tributarios.

Aplazan impuesto sobre circulación de vehículos

El Congreso aprobó el martes 23 de junio el decreto con el cual se aplaza para el 31 de octubre próximo el vencimiento del impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV) correspondiente al 2020, el cual vencería el 31 de julio.

Según datos de la SAT actualizados al 22 de junio se han recaudado Q275.4 millones, el 25 de los Q924.8 millones fijado como meta de recaudación para el 2020.

  • El monto pagado corresponde a 1 millón 010 mil 292 vehículos, que representa el 25% del total de parque vehicular registrado en el país.
  • De lo que ya han efectuado el pago 517 mil 974 son vehículos de cuatro ruedas, 397 mil 206 motocicletas y 95 mil 112 vehículos comerciales, indicó el intendente de Recaudación de la SAT Fernando Suriano.
  • El parque vehicular en el país es de 3 millones 936 mil 773 vehículos, de los 85 mil 379 corren el riesgo de ser inhabilitados si no pagan los impuestos este año porque acumularían tres años consecutivos del incumplimiento de pago.

 

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.