Economía

En diciembre vence el plazo para presentar un instrumento ambiental y muchas empresas están obligadas

Locales comerciales, gasolineras, restaurantes, gimnasios, hospitales y otras empresas deben regularizar su situación ante el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (Marn).

El 16 de diciembre de 2022 vence el plazo para que las empresas o negocios presenten un estudio de impacto o instrumento ambiental de sus actividades ante el MARN. (Foto: Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El 16 de diciembre de 2022 vence el plazo para que las empresas o negocios presenten un estudio de impacto o instrumento ambiental de sus actividades ante el MARN. (Foto: Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El Acuerdo Gubernativo 317-2019 entró en vigor en diciembre de 2019 y contiene reformas al Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (Recsa), y establece que toda obra, proyecto u empresa, desde una pequeña tienda de barrio, mediana empresa y hasta las grandes industrias, deben contar con un estudio de impacto o instrumento ambiental de sus actividades.

El plazo que tienen las empresas para cumplir con la disposición es el próximo 16 de diciembre e indica las multas en caso de incumplimiento.

Carmen Rosa Barillas, directora ejecutiva de la Gremial de Restaurantes, adscrita a la Cámara de Industria de Guatemala (CIG), ahonda sobre la normativa, sus alcances y penalizaciones e indica que lo que busca dicha normativa es cumplir con el espíritu de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, que trata de prevenir la contaminación ambiental y mantener el equilibrio ecológico.

Esto, porque la Ley de Protección del Medio Ambiente, en su artículo 8 señala que, para todo proyecto, obra, industria o cualquier empresa que por su actividad pueda producir deterioro a los recursos naturales o al ambiente, tiene que presentar un estudio de evaluación de impacto ambiental realizado por expertos en la materia y aprobado por la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales (Digarn) del Marn.

¿Quiénes deben cumplir?

Existe un documento orientador denominado Listado Taxativo, el cual clasifica actividades desde un alto impacto en la categoría A o bien actividades de mínimo impacto en categoría de Registro.

Este listado está basado en el código denominado Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIUU) que enlista a muchas actividades. En el caso de Guatemala, abarca a más de mil actividades y cualquier pequeña, mediana y gran empresa puede conocer su categoría.

Es importante mencionar que la obligación de Licencia ambiental solo aplica a las categorías ambientales, A, B1 y B2. Las C y CR son opcionales. Toda actividad que esté establecida legalmente, debe contar con instrumento ambiental, desde un local comercial, una gasolinera, un salón de belleza, restaurantes, gimnasios, centro de distribución, hospitales y centros comerciales, entre otros.

Costo y sanciones

La experta indicó que cumplir con dicha normativa no tiene que ser algo caro, ya que, para los pequeños negocios o empresas de menor categoría como C, B1 o B2, basta con presentar un diagnóstico ambiental sencillo, mientras que las grandes industrias en categoría A, sí deben presentar un estudio de impacto ambiental para sus obras o proyectos.

“Esa inversión favorece a la empresa, porque contar con una licencia ambiental que garantice que sus actividades no dañan el ambiente, tiene beneficios”.

Pero los negocios que incumplan la normativa, pueden ser multadas con montos que van desde Q5 mil hasta Q100 mil. La sanción puede ir a más, pues si no paga la multa en un término de seis meses, el negocio será clausurado.

Las empresas que ya operan y no cuentan con el instrumento correspondiente, deben presentar el instrumento ambiental antes del 16 de diciembre del 2022 y la única forma de evitar la multa sería que la actividad o empresa esté operando antes del año 1986, pero de igual forma, debe cumplir.

Las compañías que aún no están en operación, deben planificar y realizar la gestión ambiental antes de iniciar sus actividades productivas.

Por otro lado, muchas empresas tienen instrumentos ambientales aprobados antes de 2010, época en la que no era necesario contar con licencia de este tipo. Sin embargo, luego de algunas reformas al Recsa, también deben cumplir con la licencia ambiental el 16 de diciembre o actualizar su instrumento ambiental.

Otras disposiciones

Barillas añadió que muchos consideran que el instrumento ambiental es un trámite administrativo, pero lo importante es leer cada uno de los compromisos ambientales que se adquieren, desde gestionar los residuos sólidos hasta el manejo de aguas residuales.

“Es oportuno que todos los entes generadores de aguas ordinarias o especiales implementen su Estudio Técnico de Aguas Residuales, su monitoreo y plan de aguas, de acuerdo con lo preceptuado en el Reglamento de Aguas Residuales 236-2006 vigente desde ese año”.

Ese reglamento establece que los entes obligados deben cumplir con los parámetros establecidos a más tardar en mayo de 2024. Entre otros requerimientos, hay que adecuar los sistemas de tratamiento de aguas residuales para cumplir con la normativa, ya que el incumplimiento, además de sanciones de tipo administrativo, puede conllevar denuncias penales por contaminación industrial.

“No podemos tomar decisiones si no medimos. La gestión ambiental debe partir desde una planificación ambiental, en la que pueda identificarse cuáles son los impactos, tanto positivos como los que deben mitigarse. Siempre es importante que nuestras acciones sean de prevención y no de corrección, por lo que es necesario que las empresas incluyan en su presupuesto anual las inversiones pertinentes”.

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