Fue emitida por ese ente con los acuerdos 36-2018 y 37-2018 publicados este viernes el diario oficial y los valores estarán vigentes desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2019.
La tabla de valores vehículos para el ISCV 2019 la puede consultar a continuación:
Se mantiene reducción del 50% en ISCV
Los contribuyentes deben tomar en cuenta que en esa lista aparece el porcentaje del impuesto a pagar según lo establecido en las reformas tributarias emitidas en el 2012 (que va desde el 0.2% a los vehículos de modelos 2010 para atrás, hasta el 2% para los modelos 2019) pero que sobre eso se mantiene el 50% de reducción.
Por ello en un considerando de la resolución 36-2018 la SAT aclara que para efectos del pago del ISCV “se debe aplicar el 50% de reducción sobre el monto del impuesto determinado en esta tabla; según Artículo 5 Decreto 1-2013”. Es decir que se cobrará solo de 0.1% a 1%.
El plazo de vencimiento del ISCV correspondiente al 2019 es el 31 de julio del próximo año. Posterior a esa fecha ya se debe pagar con 100% de multas aunque también puede obtener rebajas de multas.
El parque vehicular del país registrado al 31 de octubre del 2018 es de 3 millones 448 mil 370 vehículos. refieren los datos en el sitio electrónico de la SAT.
Para IVA de importación y Primera Matrícula
Las nuevas tablas de valores de vehículos que servirán de base para aplicar el impuesto a la primera matrícula (Iprima) y para calcular el IVA de importación durante el 2019 también fueron establecidas.
Los valores también estarán vigentes desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2019 según los 34-2018 y 35-2018 de la SAT. Ambos acuerdos fueron publicados el jueves en el diario oficial.
Puede consultar aquí la tabla de valores que se aplica a estos dos impuestos
Condiciones de aplicación
Para el caso del cálculo del IVA el acuerdo 34-2018 refiere que esa tabla de valores no aplica para vehículos del año en curso y subsiguientes.
En general la SAT explica en los acuerdos que si el tipo de vehículo no se encuentra en la lista oficial de ese ente, para calcular el impuesto se aplicará el valor que corresponde al rubro inmediato más bajo del vehículo que represente mayor grado de similitud en la marca, línea, centímetros cúbicos, cilindros, puertas, combustibles y número de pasajeros, y otras características como tipo y valor de la importación.
En el caso del ISCV, con los datos de vehículo del cual se desea pagar o revisar los datos del impuesto, en el portal de la SAT, el sistema informático le calcula el monto, sin embargo, cualquier duda consulte con ese ente.
En los casos en que aparezca la marca, pero no coincida por las características se debe aplicar el valor de mayor similitud que correspondan al rubro inmediato más bajo en la marca y línea del vehículo.
Cuando no exista en esa tabla un año modelo que coincida con el vehículo a importar se debe usar el año modelo inmediato anterior.
Iguales condiciones son para el cálculo del Iprima, se agrega en las resoluciones.
Las cuatro resoluciones se pueden consultar en el sito electrónico de la SAT.
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