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Solvencia Fiscal SAT: Cómo pagarla, qué requisitos pide y en qué casos se solicita
La Solvencia Fiscal (SOFI) es un documento que emite la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para certificar que un contribuyente se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tiene deudas fiscales pendientes.
La Solvencia Fiscal en Guatemala suele ser solicitada en distintos trámites administrativos y financieros, como la participación en licitaciones públicas, la contratación con instituciones del Estado, la apertura o cierre de empresas y establecimientos, la obtención de ciertos permisos y licencias, así como en procesos de crédito bancario o gestiones legales donde se requiere comprobar que el contribuyente se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
De acuerdo con el artículo 57 “A” del Código Tributario, este documento no implica que el contribuyente haya declarado correctamente sus impuestos, ni limita a la SAT para realizar procesos de fiscalización posteriores.
A continuación, se detalla el costo de la Solvencia Fiscal en Guatemala, el proceso para solicitarla y las principales dudas que surgen durante su gestión.
¿Cómo funciona la Solvencia Fiscal en Guatemala?
La Solvencia Fiscal se genera de forma automática si el contribuyente no presenta incumplimientos tributarios.
En caso contrario, el sistema indicará las obligaciones pendientes y los accesos para regularizarlas antes de emitir el documento.
¿Quiénes pueden utilizar el formulario SAT-8421?
El trámite de solicitud de solvencia fiscal se realiza mediante el formulario SAT-8421, disponible en la plataforma Declaraguate. Este puede ser utilizado por:

- Contribuyentes que deseen constatar que están al día en el cumplimiento de sus deberes tributarios.
- Organismos del Estado, entidades descentralizadas, autónomas y demás instituciones estatales.
- Personas individuales o jurídicas registradas como exentas de impuestos.
Antes de iniciar la gestión, la SAT recomienda verificar que no existan omisiones, deudas o procesos pendientes.
Pasos para llenar el formulario SAT-8421
Dentro de Declaraguate se debe buscar el formulario de Solvencia Fiscal en los formularios Varios.
- Ingresar el NIT del contribuyente.
- Proporcionar un correo electrónico donde la SAT enviará la Solvencia Fiscal.
- Validar y congelar el formulario.
- Imprimir la boleta SAT-2000.
- Realizar el pago de Q30 en un banco del sistema o en línea.
- Esperar tres días hábiles posteriores al pago para recibir el documento en el correo registrado.
- En caso de no tener correo electrónico, consultar la solvencia en Declaraguate ingresando el número de formulario y el número de acceso.
Requisitos generales para obtener la Solvencia Fiscal
Los requisitos varían según la figura tributaria (persona individual, persona jurídica, exenta o contribuyente especial). Sin embargo, en términos generales, el solicitante debe:
- Tener el NIT actualizado en el RTU Digital.
- No registrar omisiones de declaraciones.
- No tener deudas de ISCV en mora.
- Estar al día en convenios de pago.
- No contar con procesos económicos pendientes.
- No estar marcado como no localizado en los registros de la SAT.
Plazo de emisión y posibles impedimentos
El plazo máximo para emitir la Solvencia Fiscal es de ocho días hábiles después de presentada la solicitud, aunque la SAT procura entregarla en tres días hábiles tras el pago.
La institución podrá negar la solvencia si el contribuyente presenta:
- Obligaciones pendientes en el Registro Tributario Unificado (RTU).
- Deudas en mora o convenios de pago vencidos.
- Declaraciones omitidas.
- Procesos económicos coactivos.
Obligaciones que revisa la SAT para emitir la Solvencia Fiscal
Entre los aspectos que analiza la SAT están:
- Actualización del NIT.
- Declaraciones presentadas en IVA e ISR.
- Morosidad en el Impuesto de Circulación de Vehículos (ISCV).
- Vigencia del representante legal en caso de personas jurídicas.
- Autorización de facturas y libros contables.
- Cumplimiento de inventarios semestrales y estados financieros auditados, en el caso de contribuyentes especiales.

