Los interesados en utilizar equipos de sonido y megáfonos en la ciudad deberán tramitar una licencia en la Dirección de Medio Ambiente capitalina, la cual tendrá vigencia por un año prorrogable.
De 6 a 22 horas se podrá amplificar hasta 65 decibeles dBA y de 22 a 6 horas deberá ser de 40 decibeles dBA. Los vehículos de promociones podrán amplificar hasta 80 decibeles dBA.
La municipalidad podrá definir en qué áreas no podrá utilizarse ese tipo de aparatos, principalmente para procurar la tranquilidad en sectores de hospitales, establecimientos educativos, religiosos o residencias.
La dirección mencionada extenderá sellos de autorización que establecerá el uso que debe darse a la amplificación de la voz y el sonido, cuya remoción es motivo de sanción.
El reglamento aclara que son sujeto de sanción quienes violen las normas y también lo serán “solidariamente” los propietarios del equipo de sonido o el establecimiento utilizado.
La renovación de las sanciones se hará comprobando que no haya denuncia de vecinos.
El Paseo de la Sexta Avenida tiene regulaciones similares, pero posee su propio reglamento.