De acuerdo con la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad esta acción se interpone si se hubiera omitido resolver alguno de los puntos solicitados en el amparo o bien para que sean aclarados los alcances del amparo provisional.
El objetivo de este es suspender la resolución del juez séptimo, Fredy Orellana, con el cual dictó se suspenda la personalidad jurídica de Semilla, a solicitud de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (Feci), tal como indicó Andrea Reyes, fiscal suplente de la agrupación en sus redes sociales.
La Corte de Constitucionalidad (CC) le otorgó el amparo provisional a la agrupación el pasado 13 de julio, permitiendo que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) continuara con el proceso electoral.
Sobre el caso
El mismo día que el TSE realizaría la oficialización de resultados de la primera vuelta de votaciones, la Feci dio a conocer que el Juzgado Séptimo de Instancia Penal había ordenado la suspensión de la personalidad jurídica del partido.
A partir de ahí, se presentaron una serie de recursos y denuncias tanto por parte de Semilla como por parte del Registro de Ciudadanos.
La agrupación justificó en la solicitud de amparo que la competencia de suspender a un partido es del Registro de Ciudadanos, además que durante un proceso electoral no se permite la cancelación de una organización de acuerdo con la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Lepp).
La Feci realizó la solicitud debido a que investigan un caso que involucra a la agrupación. La Fiscalía los señala de haber afiliado irregularmente a ciudadanos para lograr constituirse como partido, además se le acusa al partido de financiamiento electoral ilícito.
Además, como parte de la investigación, el Ministerio Público allanó las instalaciones del Registro de Ciudadanos para confiscar documentación concerniente a las afiliaciones de Semilla cuando se constituyó como partido político.