Guatemala

Ciadi ordena pagar US$28.6 millones

El Estado de Guatemala deberá pagar un resarcimiento a Teco Guatemala Holdings por US$28.6 millones (Q225.3 millones) debido a que la obligó a bajar sus precios de distribución de energía, según resolución emitida por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).

Planta productora de energía a base de carbón en Guatemala. <br _mce_bogus="1"/>

Planta productora de energía a base de carbón en Guatemala.

La demanda la empezó Teco con el argumento de que el Estado, por medio de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE), le fijó precios o montos más bajos de lo solicitado para cobrar a los usuarios por los servicios de distribución que brinda la Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. (EEGSA), por el período 2008-2013, y de la cual Teco era accionista.

La compañía indicó que esa situación causó una baja significativa en sus ganancias.

El valor agregado de distribución (VAD) es fijado por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) y es el monto máximo que se puede cobrar al usuario por el servicio de distribución, que representa el 13% del total de la factura que se emite al usuario de energía eléctrica y sirve para brindarle mantenimiento a la red y hacer nuevas inversiones de la distribuidora.

El monto de la demanda inicial, en el 2009, era de US$350 millones.

Cuatro años después, el Ciadi definió el resarcimiento a pagar, y el laudo fue notificado el jueves recién pasado a los órganos estatales, confirmó Carmen Urízar, presidenta de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE), aunque evitó emitir opinión.

La Procuraduría General de la Nación (PGN), como representante del Estado, analizará la resolución para determinar qué pasos se deben seguir, agregó.

La decisión del tribunal arbitral establece que “Guatemala violó la obligación de conferir a la inversión de Teco un trato justo y equitativo en virtud del artículo 10.5” del Tratado de Libre Comercio entre EE. UU., República Dominicana y Centroamérica, que se refiere a inversiones.

Por lo que Guatemala deberá compensar US$21 millones cien mil 552 —unos Q166 millones— a Teco en concepto de daños. A esto se le deben sumar intereses.

Además, tendrá que cancelar la tasa de interés preferencial de EE. UU., más 2% de interés a partir del 21 de octubre del 2010 a la fecha en que efectúe el pago total.

Guatemala deberá cubrir sus propios costos y US$7 millones 520 mil 695 a Teco por gastos legales.

Ahora, al país le queda la posibilidad de presentar revisión o nulidad del caso, comentó Juan Pablo Carrasco, abogado de la Railroad Development Corporation (RDC), la cual demandó también al Estado, pero por la declaración de lesividad de contratos ferroviarios.

Carrasco señala que el plazo para pedir revisión de nulidad es de 120 días.

Cobro

Para el período 2008-2013, la EEGSA propuso, según sus estudios tarifarios, que el cobro del VAD sumaría US$1 mil 995.4 millones, mientras que la CNEE de ese entonces, presidida por Carlos Colom, lo aprobó por US$491.25 millones.

De eso se derivó que para el segmento residencial el VAD se fijó en US$8.22 por kilovatio (KW) hora al mes; antes se cobraban US$9.19. Para las pequeñas empresas quedó en US$4.24 por KW, la cual estaba en US$11.37.

Colom respondió que en ese caso se deben analizar tres aspectos. Uno es que la Corte de Constitucionalidad, con dos sentencias firmes, ya validó lo que la CNEE había aprobado.

El otro punto, indicó, es que de haberse aceptado el valor pedido por la EEGSA para el VAD de ese período, le hubiera significado al consumidor US$1 mil millones más de los US$400 que se aprobaron.

Además, el Ciadi solo le reconoció a Teco menos del 10% del total de la demanda original, agregó Colom.

Se intentó conocer la opinión del gerente de la EEGSA, Jorge Alonso, pero no respondió a las llamadas. Entretanto, Hugo Villalobos, abogado de esa empresa, comentó que la EEGSA no está ligada a ese proceso porque la demandante ya no es accionista, pero señaló que es lamentable que las instancias en Guatemala hayan permitido que se llegara a un arbitraje.

Roberto Barrera, consultor en asuntos de energía, expresó: “No solo esa empresa cuando fue accionista de EEGSA cobró tarifas exageradas de energía, sino que ahora hay que pagarles por una demanda. Eso es lamentable, el Estado debe tener la capacidad para defender el caso”.

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.