Guatemala

Elección de Fiscal General |Presentan amparos por tabla de gradación y convocatoria

Secretario de la Comisión afirma que si un tribunal les ordena revisar la tabla de gradación obedecerán, ya que aún están  a tiempo.

El trabajo de la Comisión de Postulación de Fiscal General, sería objetado por diferentes colectivos.(Foto Prensa Libre: Álvaro Interiano)

El trabajo de la Comisión de Postulación de Fiscal General, sería objetado por diferentes colectivos.(Foto Prensa Libre: Álvaro Interiano)

Varios sectores que vigilan el trabajo de la comisión de postulación para Fiscal General objetan la manera como ese órgano colegiado estableció e integró la tabla de gradación —instrumento de calificación—, pues consideran que no se evaluará de manera objetiva a los aspirantes a jefe del Ministerio Público.


Ante ese desacuerdo, observadores de ese proceso de elección presentaron un amparo en la Corte de Constitucionalidad, para que la Postuladora reconsidere la forma en que elaboró la tabla de gradación.

El abogado Víctor Manuel Molina Franco también presentó un amparo contra la convocatoria de aspirantes para Fiscal General en el que pide se repita ese proceso.

El profsional considera que algunos requisitos son ilegales y violan el debido proceso. Uno de los requisitos es presentar la constancia de no tener deuda en la Corte de Constitucionalidad por sanciones impuestas. No obstante Molina Franco es uno de los abogados que le debe a la Corte al menos Q40 mil por sanciones.

El secretario de la Comisión de Postulación, Luis Antonio Ruano, afirmó vía telefónica que no tenía ninguna opinión oficial sobre los señalamientos provenientes de grupos de ciudadanos, ya que esta debe de tomarse con los 15 integrantes.

“Si el Tribunal decide que se revise nuevamente, la Comisión estaría en tiempo, porque la tabla sirve para la calificación, ya que el 19 de febrero entraríamos a conocer la revisión de los requisitos, por lo que estamos a tiempo si es que hay que enmendar algo”, refirió Ruano.

Aprobado por la postuladora Objeciones de grupos 

Formación académica 

La Postuladora estableció que la formación académica tendría 30 puntos: 14 para estudios; nueve para docencia; dos para publicaciones; uno para  participación en eventos; dos en elaboración de estudios  y para méritos obtenidos, dos. Algunos puntos  no son  acumulables.

Sin competencias 

La Comisión de Postulación asignó 30 puntos a la formación académica, pero luego de hacer las asignaciones de cada una de las categorías no coincide con las competencias que debe tener el fiscal general, señalan sectores.
 
Distribución de puntos
La Comisión estableció que el doctorado en Derecho Penal o afines tendría 10 puntos, si es en otra rama del Derecho, nueve, y  doctorado en Administración Pública, cuatro. Si la persona da clases en doctorado en Derecho Penal tendrá nueve puntos.
 
Fomenta la mediocridad
Ponderar de la misma forma y sin consideraciones el título académico  permitiría que personas sin las calificaciones necesarias accedan al cargo público, lo que fomentaría la mediocridad y la negligencia formativa, y violaría el principio de igualdad, resaltan críticos.
Experiencia profesional 
En esta categoría la Comisión estableció 65 puntos. En el ámbito del Derecho se asignaron 35 puntos,  25 son  por el desempeño en instituciones relacionadas con el sistema de justicia penal, ocho por derechos humanos y dos  por otras ramas del Derecho.
Aspectos profesionales 
La Comisión no hace  ninguna mención de la forma como   medirá o evaluará el desempeño del funcionario público en su puesto, de tal manera que un fiscal mediocre podría ser evaluado igual o mejor que un fiscal, aducen los sectores.
Más renglones
Se asignarán 10 puntos al ejercicio profesional en  Administración,  tres si es en políticas públicas relacionadas con la investigación criminal, dos para la relación e  interlocución, 10 a la entrevista y cinco a la prueba psicométrica.
Sin indicadores
No se cuenta  con indicadores para evaluar aspectos concretos del desempeño profesional. El tipo e importancia del cargo ocupado por el aspirante, los años de ejercicio en el puesto, el tipo de responsabilidades y funciones desempeñados.
Aprobación de la tabla 
Sobre la base de documentos ya establecidos con anterioridad, la Comisión discutió y aprobó la tabla de gradación y la  integró  en varios aspectos.
 
Sin obviar leyes
La Postuladora estableció los parámetros  de evaluación, pero en ningún caso puede ir en contra de lo exigido por los artículos 113, 251 y 216 de la Constitución, indican los objetores.

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