Guatemala

Ministros son denunciados por desobediencia en resolución de la CC sobre Cicig

Los ministros de Gobernación y Relaciones Exteriores, así como el procurador general de la nación fueron denunciados por no acatar una resolución judicial en torno al caso de investigadores de la Cicig, por lo que, según un análisis jurídico, estos pueden ser encausados por desobediencia.

El equipo legal de Acción Ciudadana presentó esta mañana una denuncia penal contra el ministro de Gobernación, Enrique Degenhart, y la ministra de Relaciones Exteriores, Sandra Jovel, por los delitos de desobediencia a una resolución judicial y violación de inmunidades. 


Además, accionaron contra el procurador general de la nación, Jorge Luis Donado, por usurpación de atribuciones, abuso de autoridad y desobediencia, en relación con el impedimento de ingreso de Yilen Osorio, investigador de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig).

El abogado Edie Cux explicó que la denuncia obedece al incumplimiento del artículo 78 de la Ley de Amparo y Exhibición Constitucional, la cual establece que “la desobediencia, retardo u oposición a una resolución dictada en un proceso de amparo de un funcionario o empleado del Estado y sus instituciones descentralizadas y autónomas es causa legal de destitución, además de las otras acciones establecidas en las leyes”.
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Osorio Zuluaga es uno de los integrantes de la Cicig a quienes se les revocó la visa de cortesía y se les dio un plazo de 72 horas para dejar Guatemala, decisión que fue revocada por la Corte de Constitucionalidad (CC). Los investigadores cuentan con un amparo provisional vigente.

La denuncia contra Donado también obedece a que, a criterio de los denunciantes, las atribuciones de la Procuraduría General de la Nación (PGN) especifican que es un órgano consultor y de asesoría que no puede emprender acciones como la presentación de antejuicios contra los magistrados de la CC, a los que acusó de delitos de violación a la Constitucicón, resoluciones violatorias a la Constitución, prevaricato y abuso de autoridad.

“El procurador general (Donado) está atribuyéndose funciones del Organismo Judicial”, dijo Cux. El abogado también fue crítico del actuar del Ministerio Público (MP) ya que, según su interpretación, la fiscal general Consuelo Porras debido actuar de oficio en el caso del investigador.

Para Acción Ciudadana las acciones de anoche son la séptima desobediencia flagrante del gobierno del presidente Jimmy Morales sobre el amparo provisional otorgado por la CC.
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En delito flagrante

Para el director de Impunity Watch en Guatemala, Alejandro Rodríguez, tanto el ministro Degenhart como Jovel han caído en un delito flagrante al no acatar el amparo provisional que permite el ingreso de los investigadores de Cicig al país. “Están desobedeciendo al máximo tribunal constitucional, ya se consumó el delito, se produjo además ya una exhibición personal por la privación de libertad del investigador”, detalló.

A criterio del jurista, estas acciones ameritan que se ejecute las disposiciones de la Ley de Amparo y se deduzca las responsabilidades penales para los funcionarios y se giren sus órdenes de captura. 
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“El Estado de Derecho está en juego, o se impone la fuerza o la legalidad, y las autoridades que desobedezcan las resoluciones pueden ser procesadas y destituidas, estamos en una crisis constitucional como la del 1993 (golpe de Estado de Serrano Elías), el poder del Ejecutivo está tomando superioridad sobre los otros poderes del Estado y en ese marco la Corte de Constitucionalida está haciendo valer los derechos de las personas”, señaló el jurista.  

El marco jurídico para esta acciones lo brinda la Ley de Amparo, señaló Rodríguez. Está incluye en su artículo 32 el encausamiento por desobediencia, “si la persona a quien se haya notificado la suspensión desobedece la orden judicial y sigue actuando, el tribunal que conozca del proceso ordenará inmediatamente su encausamiento, librándose para el efecto certificación de lo conducente para la iniciación del proceso penal que corresponda”, señala la Ley.

Por su parte, el artículo 54 de la misma norma establece: “Incumplimiento de la resolución. Si el obligado no hubiere dado exacto cumplimiento a lo resuelto, de oficio se ordenará su encausamiento certificándoselo conducente, sin perjuicio de dictarse todas aquellas medidas que conduzca a la inmediata ejecución de la resolución de amparo”.

El mismo artículo añade: “si el obligado a cumplir con lo resuelto en el amparo gozare de antejuicio, se certificará lo conducente al organismo o tribunal que corresponda para que conozca del caso”.
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Respecto al incumplimiento de su resolución, la CC aún no se ha pronunciado, mientras que el Ministerio Público refirió en un comunicado de la fiscal general, anoche, que “exige al ministro de Gobernación, Enrique Degenhart y a la ministra de Relaciones Exteriores, Sandra Jovel, que ordenen a su personal designado en el Aeropuerto Internacional La Aurora, a que se cumpla con lo resuelto por la CC; bajo la advertencia que, si no se hace, se procederá legalmente como corresponde”.

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