El objeto de las acciones era que la CC declarara inconstitucionales frases y palabras de cuatro artículos del Decreto 76-97 del Congreso, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, y los otros dos instrumentos legales para beneficiar al actual presidente del Comité Olímpico Guatemalteco (COG), Jorge Rodas, y su planilla.
El pleno decidió no otorgar el amparo provisional a estas acciones el pasado 16 de noviembre en sesión plenaria. La acción se presentó el 22 de septiembre de 2023, un día antes de que el abogado William Turton desistiera de proseguir con una inconstitucionalidad muy parecida a la de Maselli Izás.
Los magistrados resolvieron los expedientes acumulados 5820-2023, 5821-2023 y 6470-2023. Desde el 2 de octubre pasado, tras el desistimiento de Turton, la CC, por unanimidad, había revocado la suspensión provisional decretada por mayoría en noviembre de 2022.
Desde entonces estaba vigente nuevamente las frases y palabras que avalaban que el Comité Olímpico Internacional (COI) tuviera injerencia dentro de la Ley del Deporte Nacional.
Pleno dividido
Cuatro votos fueron en favor de que no se suspendieran las normas como lo solicitó la abogada Marissa Carolina Maselli Izás de Gabriel.
Los magistrados titulares Héctor Hugo Pérez Aguilera, Leyla Lemus y el suplente Juan José Samayoa, votaron en favor de suspender otra vez las frases aludidas en la acción presentada el 22 de septiembre de 2023.
Mientras que los titulares Roberto Molina Barreto y Dina Ochoa, así como los suplentes Luis Rosales y Claudia Paniagua, se opusieron a tal medida.
Los magistrados dividieron sus posturas en el daño que se le hace al deporte y a los atletas nacionales que buscan participar en eventos deportivos olímpicos, y de cara a los Juegos Olímpicos Paris 2024. Ochoa, en esta ocasión, cambió su voto, porque el año pasado había estado en favor de suspender las frases de la Ley del Deporte.
De hacer suspendido otra vez las frases solicitadas, tal como lo hicieron en noviembre de 2022, habría dejado fuera una vez más la incidencia de la Carta Olímpica sobre la legislación nacional.
El 14 de noviembre hubo una primera votación en la que los mismos cuatro magistrados estuvieron de acuerdo con rechazar las inconstitucionalidades y tres, afines al oficialismo, en favor de que se suspendiera.
Al final, la sesión plenaria se suspendió sin firmar documento alguno, pero fue hasta el 16 de noviembre que resolvieron y emitieron la resolución que optó por no suspender frases y palabras de las leyes sobre los que se presentó la inconstitucionalidad.
Esta fue la cuarta vez que conoció el pleno las acciones que buscaban dejar fuera de la legislación nacional a la Carta Olímpica, además, retirar frases de la misma ley del deporte para beneficiar al actual dirigente del COG, Jorge Rodas, y su planilla, quienes han sido suspendidos por el Tribunal de Honor del COG.
El desistimiento que falta
Con esta primera resolución se abre la esperanza de que el COI pueda levantar la suspensión que pesa sobre Guatemala en el deporte olímpico, sin embargo, aún está pendiente de que la Corte entre a conocer un desistimiento que planteó el Tribunal Electoral del Deporte Federado (Tedefe).
La CC conoció antes estas acciones que el desistimiento que presentó el Tedefe el 14 de abril de 2023. Desde entonces se ha ejercido presión, pero la moción ha estado engavetada.
El Tedefe ha culpado a “los exmiembros de este Tribunal de las acciones de inconstitucionalidad identificadas con los números de expedientes acumulados 3113-2022 y 3275-2022 presentadas ante la Corte de Constitucionalidad, sin haber tenido la legitimación y argumento legal para su promoción”.
Agregaron que estas acciones de inconstitucionalidad originaron que la CC decretara la suspensión provisional de la normativa del “Comité Olímpico Guatemalteco (Estatutos, Código Electoral y Código de Ética) aprobados por el COI, provocando la suspensión del deporte guatemalteco como parte del Movimiento Olímpico, sanción que persistirá hasta que dicha normativa sea reestablecida, se cumplan y respeten las disposiciones emanadas del ente internacional”.