Justicia

Shirley Rivera denuncia por violencia contra la mujer a Orlando Blanco

La publicación de un video, supuestamente en referencia a la expresidenta del Congreso de la República, generó discusiones en el hemiciclo parlamentario y posteriormente una denuncia.

Shirley Rivera, expresidenta del Congreso de la República. (Foto Prensa Libre: Juan Diego González)

Cuatro días después del incidente ocurrido en el hemiciclo parlamentario, donde circuló un supuesto video del diputado Orlando Blanco donde, según la expresidenta del Congreso, Shirley Rivera, el parlamentario se burla de ella por su vestimenta y aspecto físico, la legisladora acudió al Ministerio Público (MP) para presentar una denuncia por violencia contra la mujer.

“Hay piñatas”, hay piñatas en el Congreso, miren esa cosa”, se escucha en la grabación que circuló en redes sociales y en donde se enfoca a Rivera.

La parlamentaria junto con la denuncia también solicitó medidas de protección, entre las cuales contempla el alejamiento del diputado hacia ella.

“Estoy presentando medidas de protección como cualquier mujer que pueda ir a pedir medidas para protegerse”, dijo Rivera por la vía telefónica.

Según Rivera, la denuncia va bajo la línea de la supuesta “misoginia” del diputado por haberla denigrado.

Se trató de tener una postura del diputado Orlando Blanco, pero no ha atendido los mensajes a su teléfono.

Mientras tanto, el presidente del Congreso, Nery Ramos, en conferencia de prensa este lunes 19 de febrero, luego de que concluyera la reunión de la Instancia de Jefes de Bloque afirmó que en la reunión de Junta Directiva de este martes analizarán el tema.

El artículo 67 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo establece que un diputado puede ser sancionado de tres maneras:

  • Con amonestación privada, si la falta es leve
  • Con amonestación pública, si la falta fuera grave
  • Con un voto de censura, si la falta fuera de tal gravedad que comprometa al Organismo Legislativo

Sin embargo, antes la Junta Directiva debe otorgarle audiencia por un plazo de 10 días y la resolución puede ser apelada y conocida por el pleno del Congreso. 

ESCRITO POR:

Henry Montenegro

Periodista de Guatevisión especializado en temas políticos, legislativos y electorales con 12 años de experiencia en radio, medios escritos y televisión.