Política

¿Cuál es el camino para la destitución de un juez?

Expertos afirman que el proceso administrativo puede llevar varios años y que es poco probable remover a un juez por sus resoluciones.

Actualmente, las manifestaciones sociales piden la renuncia del juez séptimo penal, Fredy Orellana. Fotografía: Prensa Libre.

Actualmente, las manifestaciones sociales piden la renuncia del juez séptimo penal, Fredy Orellana. Fotografía: Prensa Libre.

El proceso para la destitución de un juez no es sencillo en el sistema judicial guatemalteco, es un proceso administrativo que  puede llevar  incluso años, según la apreciación de exmagistrados y expertos en el Sector Justicia.

Guatemala es el escenario de una serie de protestas sociales que buscan la destitución de algunos operadores de justicia, incluido un juez.

Pero la remoción de un juez no es inmediata, conlleva una investigación interna que busca determinar si el juzgador en cuestión cometió algún tipo de falta o incluso delito.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) no puede destituir a un juez de manera directa, necesita que exista una resolución firme de la Junta de Disciplina Judicial.

Ese proceso debe comenzar si algún usuario del sistema judicial presenta la denuncia administrativa contra el juez, para que la supervisión de tribunales comienza con el proceso de investigación.

También puede comenzar este proceso si en las evaluaciones judiciales el juez muestra bajo desempeño, o si se perciben posibles irregularidades que ameriten una investigación.

“La CSJ no puede destituir a alguien solo por así, tiene que pasar primero por una denuncia o porque la instancia disciplinaria investigue algo por la queja de un ciudadano, de varios o que la CSJ tenga conocimientos de circunstancias”, explicó Yolanda Pérez Ruíz, exmagistrada de Corte de Apelación.

Cualquier juez que esté siendo investigado, o que enfrente un proceso administrativo de este tipo se puede defender, llegando incluso a la acción de amparo, que puede llevar algunos años.

“Aunque sea el peor de los delincuentes tiene que ser sometido a un debido proceso, que acá es de tipo administrativo”, enfatizó Pérez.

Pero las instancias del Organismo Judicial (OJ) pueden variar, “Si fuera alguien de quien se quieren deshacer sería muy rápido, pero si es alguien a quien quieren proteger será tarde, lento y nunca”, dijo.

En evaluación

Si no existe una denuncia contra el juez, existe un segundo mecanismo que podría llevar a que un operador de justicia ya no siga en su cargo.

“Otra forma por la que un juez no puede seguir activo es que la CSJ no le renueve el nombramiento por un nuevo período de cinco años, porque la evaluación de su desempeño fue insatisfactoria”, explicó Ovidio Orellana, expresidente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (Cang).

Enfatizando que en este escenario se entiende que no es destitución, sino el no cumplimiento de una exigencia legal para continuar en el cargo.

En ocasiones, cuando un juez es destituido o incluso trasladado a una nueva jurisdicción, se defienden mediante acciones de amparo, según lo explicó Luis Fernández Molina, exmagistrado de la CSJ.

“Esto ha sucedido muy poco —la destitución de un juez—,  y en los casos que ha habido, el juez plantea un amparo ante la CC, y por lo general esta corte da trámite y resuelve a favor del juez”, dijo.

Hay distintos escenarios y razones por las que un juez puede ser señalado e iniciar un proceso administrativo para su remoción, pero las recientes manifestaciones sociales le ponen nombre y apellido al juez que quieren fuera del sistema judicial: Fredy Orellana, titular de la judicatura Séptima Penal.

 Caso Orellana

El juez Fredy Orellana ha sido señalado por algunas organizaciones, principalmente por emitir fallos no acorde a Derecho.

Su nombre comenzó a perfilarse más dentro de la opinión pública a raíz de los allanamientos de los que han sido objeto varias dependencias del Tribunal Supremo Electoral (TSE), en torno al caso penal que tiene la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci), contra el partido político Movimiento Semilla.

Los grupos que al día de hoy piden la destitución del juez lo señalan de no respetar la Constitución Política de la República.

También argumentan estos grupos opositores al trabajo de Orellana en la forma en que él utliza la Ley contra el Crimen Organizado, cómo ha emitido decisiones en torno a actos que están regulados por la Ley Electoral y de Partidos Políticos y la misma Constitución.

Pero es poco probable que un juez sea destituido por el sentido que han tenido sus resoluciones, explican los expertos consultados.

“Si hay una resolución que es defectuosa o muy mala, pues están los recursos de revocatoria, apelación especial y amparo; por muy malo que haya resuelto, se puede apelar y ya será la Sala quien determina si confirma o si revoca”, explicó Fernández Molina.

Por existir un abanico de recursos legales para impugnar las decisiones de un juez, es difícil lograr una destitución con esos argumentos: “por malas resoluciones es muy difícil cuestionar a un juez y que esto sea constitutivo de falta”, insistió el exmagistrado.

Las resoluciones que han desencadenado el rechazó contra el juez son de conocimiento público, y a criterio de Pérez Ruíz, las mismas sí podrían entrar dentro de una falta gravísima para conseguir su destitución o por lo menos conocer y activar un proceso disciplinario de oficio, el cual debe promoverlo la propia CSJ.

“El juez ha tomado algunas decisiones que son contrarias a la Constitución, el aplicar una ley de tipo penal cuando no es competente para conocer asuntos electorales; solo acá se viola la Constitución y la Ley Electoral y de Partidos Políticos”, dijo.

Agregó: “solo eso lo haría sujeto a que la CSJ, porque es de conocimiento común, y puede pedir a la supervisión que investigue el caso y someterlo a la junta disciplinaria para que defina el tipo de falta que, desde mi punto de vista es gravísima”.

ESCRITO POR:

Douglas Cuevas

Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y del sector justicia, con 15 años de expreiencia en periodismo escrito, televisivo y radial.