Política

Esto es lo que aprobó el Congreso al ampliar el estado de Calamidad Pública

Los protocolos en protección de la salud para el retorno gradual a las actividades deben incluir detalles y minuciosos para la reapertura de las actividades religiosas de cualquier culto, con el objetivo que su incorporación se dé al mismo tiempo que las actividades comerciales y económicas.

Los diputados se reunieron para aprobar las medidas por la crisis sanitaria del coronavirus. (Foto Prensa Libre: Esbin García)

Los diputados se reunieron para aprobar las medidas por la crisis sanitaria del coronavirus. (Foto Prensa Libre: Esbin García)

El lunes 1 de junio los diputados se reunieron en sesión extraordinaria para conocer y aprobar la tercera prórroga del estado de Calamidad Pública; sin embargo, una larga discusión sobre el tema hizo que la prórroga se aprobara en las primeras horas de este martes 2 de junio.

Los diputados aprobaron en un único debate el decreto gubernativo 9-2020, que amplía por 30 días más el estado de Calamidad, pero a la vez le hicieron modificaciones que van desde la contratación de estudiantes de medicina con pénsum cerrado, hasta otorgar el beneficio de Bono Familia a personas que no tengan servicio de electricidad.

La ratificación del estado de Calamidad fue aprobado con 125 votos a favor y de urgencia nacional por la emergencia provocada por el Covid-19.

También se aprobó que los informes de la Comisión Presidencial del Coronavirus se presenten los martes y no cada mes, con el objetivo de que el Ejecutivo tenga la obligación de dar información permanente al Congreso.

“La nueva solicitud que el Ejecutivo está enviando para el estado de Calamidad, la idea era que nosotros previo a conocer la nueva solicitud, nosotros pudiéramos revisar qué era lo que se había hecho durante este mes, que hasta el momento no hemos podido determinar”, dijo Aníbal Rojas del bloque Visión con Valores (Viva).

“No es un informe circunstanciado en donde el pleno del Congreso pueda conocer el avance de ejecución presupuestaria, son papeles que nos están enviando, estamos hablando de casi cuatro mil folios, pareciera que es solo para salir del paso lo que el Ejecutivo nos está enviando y no se trata de eso”, reclamó Sonia Gutiérrez de Winaq.

“Venir aquí a decir que están en contra de una ampliación de un estado de Calamidad es venir a decir que están en contra del pueblo de Guatemala, de la gente que tiene necesidad, que está esperando que le llegue la ayuda del Gobierno”, dijo Boris España de la bloque Todos.

Debido a la falta de quórum, el estado de Sitio declarado los tres municipios de Sololá solo se conoció en primera lectura, y los diputados fueron convocados para este miércoles, a las 10 horas, para continuar con la sesión.

El estado de Sitio fue decretado en los municipios de Santa Lucía Utatlán, Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá en Sololá.

Lo aprobado:

  • El Ministerio de Salud podrá hacer las readecuaciones presupuestarias que correspondan para que todos los trabajadores en los renglones temporal y permanente que tengan un grado de riesgo al atender la pandemia reciban el bono de riesgo aprobado en el artículo 2 del decreto 20-2020.
  • Se autoriza al Ministerio la contratación de estudiantes de medicina con pénsum de estudios cerrado  y cuyo trámite de graduación esté pendiente y así también médicos extranjeros que estén realizando su especialidad en hospitales nacionales, para apoyar en la atención de la pandemia de covid-19.
  • La comisión presidencial de atención a la emergencia covid-19 tiene que remitir los martes de cada semana, de manera escrita y digital a la Comisión Permanente del Congreso, un informe circunstanciado, la cual deberá hacerlo llegar a todos los diputados.
  • Información general, diaria y semanal sobre la pandemia, incluidos casos confirmados, confirmados con infección activa o negativa, negativos, sospechosos, recuperados, defunciones, activos, mujeres/ hombres, rangos de edad y sexo, rangos de edad y tipo de paciente por hospitalización o ambulatorios.
  • Disponibilidad y ocupación de camas en los tres niveles de atención por centro de atención.
  • Ejecución de todos los recursos financieros ordinarios y extraordinarios aprobados por el Congreso para tender la emergencia sanitaria provocada por el covid-19 al Salud, Mintrab, Maga, Mides y Mineco.
  • Contratos suscritos para atender las necesidades provocadas por la epidemia covid-19 por el Ministerio de Salud, con recursos humanos profesionales y técnicos, así como el pago de esos servicios prestados.
  • Inventario de donaciones privadas, nacionales, y extranjeras, recibidas, su ejecución e ingreso a inventarios del MSPAS, Mides, Maga y Mintrab.
  • Reporte de compras diarias, semanales y acumuladas de batas desechables, delantal lentes de protección, protector facial, trajes de bioseguridad, zapatones mascarillas y mascarillas N95.
  • Compras diarias, semanales y acumuladas de ventiladores, oxímetros, aspirador de flemas, monitor para signos vitales, camas para intensivos.
  • Inventario y entregas diarias, semanales y acumuladas de medicamentos, insumos, material médico quirúrgico y equipo de protección personal por centro de atención médica en los tres niveles de atención.
  • Inventario de compras realizadas y donaciones recibidas de equipos y reactivos para la realización de pruebas virales y pruebas de anticuerpos para la detección del covid-19.
  • Informe detallado de las pruebas virales y pruebas de anticuerpos realizadas a personas por día y su resultado.
  • El Organismo Ejecutivo deberá, durante la presente prorroga, continuar con las medidas y acciones orientadas a evitar la propagación del virus, en especial la realización de pruebas, cuarentenas y aislamientos necesarios y bajo el debido control.
  • Asimismo, desarrollar e implementar los programas y protocolos de reapertura de las actividades escolares, académicas, comerciales, productivas, laborales y todas aquellas que como medida de protección hayan sido restringidas.
  • Los protocolos de protección de la salud para el retorno gradual a las actividades, elaborados para los diferentes sectores de la sociedad, deben incluir el protocolo detallado y minucioso para la reapertura de las actividades religiosas de cualquier culto, de tal manera que su incorporación se dé al mismo tiempo que las actividades comerciales y económicas.
  • Por la importancia espiritual que representa para la población guatemalteca y para resguardar la salud emocional de la población, se autoriza la libre locomoción de los ministros de culto, capellanes de cualquier religión para acudir y atender requerimientos de emergencia que se presenten en la población o para la realización de actividades de caridad, dentro de su jurisdicción, quienes deberán estar debidamente identificados.
  • En virtud de las actividades de atención de emergencia se autoriza la libre locomoción de los médicos veterinarios para cubrir toda emergencia que se presente durante el toque de queda.
  • No podrán optar al beneficio de Bono Familia las personas que habitan en una vivienda cuyo consumo eléctrico mensual supere los 200 kWh al mes comprobables por medio del último recibo y quienes sean servidores públicos y quienes cuenten con contratos administrativos de prestaciones de servicios vigentes con el sector público.
  • Podrán recibir el beneficio del Bono Familia las personas que reciban beneficios inferiores a los Q2 mil mensuales derivados de cualquier sistema de pensiones, incluyendo a las clases pasivas del Estado o reciban pensiones por el IGSS.
  • Se debe priorizar de los beneficios a las personas en pobreza, madres solteras u hogares monoparentales, adultos mayores, las personas con discapacidad, las personas con enfermedades crónicas y degenerativas y las familias con niños o niñas en estado de desnutrición.
  • Para los efectos del cumplimiento de esta ley, todo documento personal de identificación cuya vigencia expire por vencimiento del plazo de 10 años, será válido para garantizar el derecho a la identificación ante cualquier autoridad privada o pública durante el año 2020.