La Ley fue creada gracias a la iniciativa 5601 y tiene como objetivo castigar las actividades de la Ciberdelincuencia que ha tomado auge por el uso de dispositivos con conexión a internet.
Pappier escribió que la ley de ciberdelitos “contiene disposiciones vagas que se prestan para procesos penales abusivos”.
Añadió que: “en un país donde la justicia se ha instrumentalizado para perseguir a periodistas, fiscales y jueces independientes, esta norma puede usarse para acosar a críticos”.
Guatemala: la ley de ciberdelitos contiene disposiciones vagas que se prestan para procesos penales abusivos.
En un país donde la justicia se ha instrumentalizado para perseguir a periodistas, fiscales y jueces independientes, esta norma puede usarse para acosar a críticos.
— Juan Pappier (@JuanPappierHRW) August 19, 2022
Pappier también se había referido recientemente al país, al considerar que en Guatemala existe un “declive muy grave” en cuanto al respeto a los derechos humanos y la justicia, con cierta proyección a la situación que vive Nicaragua, aunque también con otros matices.
“Guatemala está en un momento de declive muy grave en la vigencia del Estado de Derecho en el país, con muy pocas garantías para el ejercicio de los derechos humanos porque hoy la enorme mayoría de las instituciones están cooptadas”, aseguró Pappier en una entrevista con EFE que fue publicada el 27 de julio pasado.
Añadió que en el país “no hay independencia judicial” y “cualquier fiscal u operador de justicia que se atreva a investigar a los corruptos tristemente sufre demandas penales espurias y algunos de ellos han sido arrestados o han tenido que salir al exilio”.
El 1 de agosto pasado, Pappier fue consultado por Prensa Libre y Guatevisión sobre la captura del José Rubén Zamora, presidente de elPeriódico, detenido el pasado 29 de julio y ligado a proceso por los delitos de tráfico de influencias, chantaje y lavado de dinero u otros activos.
El profesional resaltó que perseguir a los periodistas representa un atentado contra la democracia y genera temor en el gremio, quienes “deben pensar dos veces antes de publicar una investigación por temor y los riesgos ante una detención”, dijo.
La ley de ciberdelincuencia
La Ley de prevención y protección contra la ciberdelincuencia fue aprobada por el Congreso de Guatemala el pasado 4 de agosto y con ella se crean figuras delictivas y adecúa normas penales frente a delitos cibernéticos.
“También estipula reglas procesales para incorporar los medios digitales que permitan la obtención de evidencias, pruebas electrónicas en el proceso penal y la creación de órganos competentes para una investigación eficaz”, señala una publicación del Congreso.
Agrega que “define el ciberdelito como la acción u omisión típica, antijurídica, ilícita, dolosa o culposa, imputable, continua o aislada de carácter penal, cometida contra personas individuales o jurídicas, que utilicen las tecnologías de la información para lesionar bienes jurídicos o personales, patrimoniales o informáticos de la víctima”.
Añade que “la ciberdelincuencia es considerada como actividades delictivas de alcance nacional o transnacional realizadas a través de sistemas informáticos o sistemas que utilicen tecnologías de la información y las comunicaciones y que tienen como objeto lesionar bienes jurídicos personales, patrimoniales o informáticos de la víctima”.
La normativa contiene 44 artículos en los cuales se intentaron regular los avances de las tecnologías de la información y las comunicaciones, creando una ley especial que defina las conductas delictivas a fin de proteger los datos personales e intimidad informática con mayor énfasis a los niños y adolescentes, que son los más vulnerables a grupos ilícitos que operan a través de las redes sociales.
Detalles de la ley
- Protege a los guatemaltecos y sus datos personales de los ciberdelincuentes
- Fortalecer las reglas de convivencia social-digital en el país
- Actualiza la legislación nacional en esta nueva era tecnológica
- Tipifica delitos como ciberdelincuencia, ciberdelitos, ciberdefensa, fraude informático y protección de datos personales en internet
- Crea el Centro de Seguridad Institucional de Respuesta Técnica ante Incidentes Informáticos
- Fomenta la realización de acciones para prevenir los ataques a datos o sistemas informáticos
- Crea alertas para detectar y dar atención a los casos de emergencia de ciberseguridad y ciberdefensa
El espíritu de la ley
La aprobación del decreto 39-2022, Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia ha generado diversas reacciones, críticas y rechazo en varios sectores de la población
En la nueva ley también se crean nuevos delitos, como el acoso por medios cibernéticos o ciberacoso, creando una brecha legal con diversas interpretaciones que podrían, incluso, servir como herramienta legal con fines represivos, prohibiendo el divulgar imágenes de sátira o información sobre funcionarios públicos y políticos, quienes podrían alegar verse afectados por su honor, dignidad, la de su familia y otros entornos sociales.
José Rodrigo Valladares, diputado por el Listado Nacional del bloque Todos en la legislatura 2016-2020 y uno de los ponentes de la ley, en su momento, dijo en una entrevista reciente con Prensa Libre que el espíritu de la ley era poner a Guatemala “a la altura de otros países en el tema de protección contra los ciberdelitos”, tomando en cuenta que el país no es la excepción y por ello es necesario tipificar delitos que se cometen utilizando “la tecnología de la información y las comunicaciones, desde donde se cometen y hacia donde”.
Hizo referencia a que algunas instituciones gubernamentales constantemente sufren ataques cibernéticos y eso sucede cualquier persona podría tener acceso a información importante de los guatemaltecos.
Reconoció que la normativa puede ser mal utilizada, pero le apuesta a el criterio de los jueces que conozcan los diferentes casos por los ciberdelitos, quienes podrían “desestimar los mismos por considerarlos sin fundamento o que carecen de medios de prueba”. Además, aceptó que la normativa sí lleva un fondo de “proteger la vida privada del funcionario público, más no su actuar en la función del cargo”.
Riesgo
El constitucionalista Gabriel Orellana, consultado por Prensa Libre hace una semana sí ve un riesgo directo a la libertad de expresión. Y agregar en la ley que no está sujeta a casos legislados a través del derecho internacional, es un despropósito, cuando se atenta directamente al derecho de libre expresión.
“Es inconstitucional esta ley y su problema fundamental es una pésima redacción, y da la impresión de que no es una legislación concebida y redactada aquí, sino que la copiaron, por eso tiene ciertas inconsistencias con nuestro derecho”, citó en esa oportunidad.
“La ley es sumamente compleja, porque creo que la diseñaron a propósito para esconder figuras de las que luego podrían abusar”, resume Luis Assardo, investigador y consultor experto en temas digitales.
“La ley tiene varias carencias y es confusa, ambigua y no define apropiadamente muchos conceptos básicos”, agregó Assardo.
Assardo explicó que “la redacción en general es desordenada y ambigua. Abre la puerta a muchas interpretaciones y no define claramente muchos de los conceptos incluidos, por ejemplo, en los bienes jurídicos tutelados”.