NOTA BENE

¿Cuál es la receta para hacer constituciones eficaces?

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El agricultor británico Arthur Young documentó su viaje por Francia en 1792. En su diario, Young expresa su extrañeza porque los franceses pretenden “hacer” la Constitución: “como si la Constitución fuera un pudín que se hace a partir de una receta”. Young resiente la baja opinión que tienen los galos de la constitución inglesa, a la cual tachan de “barata” porque distribuye el poder entre el pueblo, la corona y el parlamento. En su fervor revolucionario, los franceses aspiraban depositar todo el poder en manos del pueblo. Al igual que Edmund Burke, Young predice clarividentemente el desenlace sangriento de la revolución: teniendo todo el poder, los comunes lo emplearán sin medida hasta casi aniquilar a los clérigos, los nobles, los parlamentarios, el ejército… y terminarán por incitar un enfrentamiento violento.

El intento de hacer deliberadamente una constitución le choca a Young porque, en su país natal, la Constitución evolucionó. A criterio de Young, una constitución se vive, y, en todo caso, se recoge, imperfectamente, de una red compleja de códigos, cartas y leyes. A la fecha, el Reino Unido, Nueva Zelanda, Arabia Saudita, Canadá e Israel tienen constituciones no codificadas. La primera constitución escrita, en latín, parece ser la de San Marino, que data de 1600. Y en 1639 los puritanos que se asentaron en Connecticut redactaron las “Órdenes Fundamentales” que, según algunas fuentes, asentaron el primer gobierno por y para el pueblo. Aún en estos casos escritos, la Constitución se asociaba con la costumbre; era vinculante porque recogía acuerdos arraigados y antiguos.

' ¿Para qué sirven las constituciones?

Carroll Rios de Rodríguez

El estado moderno trajo consigo la centralización y concentración de las funciones que antes eran ejercidas por instituciones separadas, dispersas y, a veces, en competencia unas con otras. Además provocó una asociación entre la ley y la legislación, explica el autor de Constitutionalism: Ancient and Modern (1947), Charles Howard McIlwain. Muchas constituciones modernas no se centran en poner frenos al poder gubernamental y garantizar los derechos individuales, sino enumeran variados derechos sociales, comprometen al gobierno a la obtención de metas de desarrollo e intentan ser instrumentos para la “construcción” de las naciones.

Evidentemente, los frágiles órdenes constitucionales de América Latina beben más del pozo moderno que del medieval. Nuestras constituciones son escritas, extensas, desarrolladas y aspiracionales. En la región se ubican algunos de los países que más constituciones han tenido en la historia: República Dominicana (32), Venezuela (26), Haití (23) y Ecuador (20). ¿Y qué pensaría Young del pudín que los constituyentes chilenos presentaron a la ciudadanía, el cual fue sensatamente rechazado el año pasado? Esa experiencia subraya la crisis constitucional de la región. Hoy vemos opacas gestiones administrativas, la burla reiterada a los pesos y contrapesos, déficits presupuestarios sin precedentes y políticos carismáticos dispuestos a aferrarse al poder mediante reformas constitucionales.

En vez de tirar a la basura el pasado para intentar un experimento a partir de cero, tal vez debemos plantearnos la pregunta: ¿Qué hay de venerable en la antigüedad? ¿Podríamos restaurar una sana reverencia por las raíces de las sociedades libres? ¿Y cómo anclamos el documento constitucional en esas raíces? ¿Por qué y para qué sirve una constitución? ¿Existe una relación entre la erosión del orden constitucional y la violencia? Estas y otras preguntas serán abordadas en el seminario ¿Hemos perdido el sentido común?: La Edad Media y el Constitucionalismo, que se llevará a cabo en abril y mayo, en la sede del Instituto Fe y Libertad.

ESCRITO POR:

Carroll Ríos de Rodríguez

Miembro del Consejo Directivo del Centro de Estudios Económico-Sociales (CEES). Presidente del Instituto Fe y Libertad (IFYL). Catedrática de la Universidad Francisco Marroquín (UFM).